Universidad De Extremadura. Concurso. (2025061837)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Universidad de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025
25828
diciembre de 2024, y que obra a efectos informativos en la página web del Vicerrectorado de Profesorado y que tienen reconocidos conforme a la normativa estatal, al menos,
dos períodos de investigación y dos períodos de docencia.
Un (1) vocal titular y cuatro (4) vocales suplentes: elegidos mediante sorteo del listado
de profesorado del área de conocimiento de la plaza a cubrir de entre Catedráticos y
Catedráticas de las universidades del G9+ que cuentan con, al menos, dos períodos de
investigación y dos períodos de docencia, reconocidos conforme a la normativa estatal.
La vocalía se conformará de forma que no haya más de tres profesores o profesoras de
la misma universidad.
Dos (2) vocales titulares y ocho (8) vocales suplentes: doctores o doctoras en posesión
del título de especialista que se exige como requisito para concursar a la plaza, elegidos
por sorteo público realizado por el Servicio Extremeño de Salud, entre el censo público
que anualmente comunicará al Consejo de Universidades.
L
os miembros seleccionados deberán declarar sus posibles conflictos de interés y renunciar a formar parte de la comisión siguiendo lo indicado en el anexo III de la presente
convocatoria.
En todo caso, quienes resulten seleccionados deberán abstenerse cuando concurra alguna de las causas de abstención reconocidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
6.2. La composición de las comisiones encargadas de valorar los méritos aportados por las
personas participantes en el presente concurso, resultado de los sorteos indicados anteriormente, es la que figura en el anexo I de esta convocatoria. Conforme a lo establecido
en el artículo 34.3 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, los currículos de los miembros de las comisiones se harán públicos en la página web:
https://vrprofesorado.unex.es/concursos/pdi_f/ .
Séptima. Constitución de las Comisiones de selección de los concursos de acceso.
7.1. El nombramiento como parte de una comisión de selección es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de dicha comisión. La
presidencia habrá recabado previamente la información sobre posibles conflictos de intereses de cada miembro titular de la comisión, que serán enviados al Vicerrectorado de
Profesorado. En caso de alegación en la que se incluyan circunstancias determinantes de
renuncia, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector, que deberá resolver
en el plazo de diez (10) días hábiles desde la recepción de la renuncia, procediéndose seguidamente, en caso de aceptación, a su sustitución por la persona suplente correspondiente. En caso de que, debido a las renuncias, no pueda formarse la comisión por falta
de secretario o secretaria, el Rector nombrará secretario para ocupar dicha secretaría
Lunes 12 de mayo de 2025
25828
diciembre de 2024, y que obra a efectos informativos en la página web del Vicerrectorado de Profesorado y que tienen reconocidos conforme a la normativa estatal, al menos,
dos períodos de investigación y dos períodos de docencia.
Un (1) vocal titular y cuatro (4) vocales suplentes: elegidos mediante sorteo del listado
de profesorado del área de conocimiento de la plaza a cubrir de entre Catedráticos y
Catedráticas de las universidades del G9+ que cuentan con, al menos, dos períodos de
investigación y dos períodos de docencia, reconocidos conforme a la normativa estatal.
La vocalía se conformará de forma que no haya más de tres profesores o profesoras de
la misma universidad.
Dos (2) vocales titulares y ocho (8) vocales suplentes: doctores o doctoras en posesión
del título de especialista que se exige como requisito para concursar a la plaza, elegidos
por sorteo público realizado por el Servicio Extremeño de Salud, entre el censo público
que anualmente comunicará al Consejo de Universidades.
L
os miembros seleccionados deberán declarar sus posibles conflictos de interés y renunciar a formar parte de la comisión siguiendo lo indicado en el anexo III de la presente
convocatoria.
En todo caso, quienes resulten seleccionados deberán abstenerse cuando concurra alguna de las causas de abstención reconocidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
6.2. La composición de las comisiones encargadas de valorar los méritos aportados por las
personas participantes en el presente concurso, resultado de los sorteos indicados anteriormente, es la que figura en el anexo I de esta convocatoria. Conforme a lo establecido
en el artículo 34.3 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, los currículos de los miembros de las comisiones se harán públicos en la página web:
https://vrprofesorado.unex.es/concursos/pdi_f/ .
Séptima. Constitución de las Comisiones de selección de los concursos de acceso.
7.1. El nombramiento como parte de una comisión de selección es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de dicha comisión. La
presidencia habrá recabado previamente la información sobre posibles conflictos de intereses de cada miembro titular de la comisión, que serán enviados al Vicerrectorado de
Profesorado. En caso de alegación en la que se incluyan circunstancias determinantes de
renuncia, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector, que deberá resolver
en el plazo de diez (10) días hábiles desde la recepción de la renuncia, procediéndose seguidamente, en caso de aceptación, a su sustitución por la persona suplente correspondiente. En caso de que, debido a las renuncias, no pueda formarse la comisión por falta
de secretario o secretaria, el Rector nombrará secretario para ocupar dicha secretaría