Presidencia De La Junta. Víctimas De Violencia De Género. Ayudas. (2025040066)
Corrección de errores del Decreto 16/2025, de 1 de abril, por el que se modifica el Decreto 97/2018, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género.
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NÚMERO 88

25471

Viernes 9 de mayo de 2025

“e) Gastos de capacitación profesional derivados de acciones formativas que incrementen
su empleabilidad y los gastos necesarios para la obtención del permiso de conducir tipo
B, siempre que hayan sido efectuados antes del 15 de febrero del año siguiente al de
la convocatoria correspondiente.
f) Gastos derivados de la puesta en marcha de iniciativas de empleo autónomo, siempre
que hayan sido efectuados antes del 15 de febrero del año siguiente al de la convocatoria
correspondiente”.
Debe decir:
“c) Gastos de acondicionamiento de la vivienda o equipamiento básico de la misma, éste
último gasto referido a mobiliario y/o electrodomésticos de primera necesidad de la
vivienda habitual, siempre que haya sido efectuados hasta el 15 de febrero del año
siguiente al de la convocatoria correspondiente”.
(…)
“e) Gastos de capacitación profesional derivados de acciones formativas que incrementen
su empleabilidad y los gastos necesarios para la obtención del permiso de conducir tipo
B, siempre que hayan sido efectuados hasta el 15 de febrero del año siguiente al de la
convocatoria correspondiente”.
f) Gastos derivados de la puesta en marcha de iniciativas de empleo autónomo, siempre
que hayan sido efectuados hasta el 15 de febrero del año siguiente al de la convocatoria
correspondiente”.

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