Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanzas Artísticas. Pruebas De Acceso. (2025061770)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan el acceso y el proceso de admisión y matriculación en las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Música, Arte Dramático y Diseño para el curso 2025-2026.
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NÚMERO 85
24742
Martes 6 de mayo de 2025
1. L
os aspirantes admitidos en la correspondiente convocatoria formalizarán su matrícula,
conforme al modelo que figura como anexo III en esta resolución. Dicho formulario estará
disponible en el centro en el que se desee ingresar y deberá ser cumplimentado y entregado en la Secretaría del centro.
2. L
as personas solicitantes deberán aportar una copia del justificante de pago del precio
público, o bien la documentación que acredite su exención, si procede. Asimismo, deberán
seguir las instrucciones facilitadas por el centro para realizar el pago del seguro escolar,
cuando sea necesario. Además, si así lo requiere el centro, deberán presentar la documentación adicional que se les indique desde la Secretaría.
3. E
l alumnado oficial (antiguo alumnado) de las enseñanzas artísticas superiores formalizará
su matrícula, conforme al anexo III de la presente resolución, una vez finalizada la evaluación de junio o septiembre, según corresponda. El plazo será determinado por cada centro
con la debida antelación y publicidad, y deberá ser entregado en la Secretaría del centro.
Octavo. Eficacia y Recursos.
1. E
sta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
2. C
ontra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el órgano que dicta esta resolución o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 28 de abril de 2025.
La Secretaría General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
24742
Martes 6 de mayo de 2025
1. L
os aspirantes admitidos en la correspondiente convocatoria formalizarán su matrícula,
conforme al modelo que figura como anexo III en esta resolución. Dicho formulario estará
disponible en el centro en el que se desee ingresar y deberá ser cumplimentado y entregado en la Secretaría del centro.
2. L
as personas solicitantes deberán aportar una copia del justificante de pago del precio
público, o bien la documentación que acredite su exención, si procede. Asimismo, deberán
seguir las instrucciones facilitadas por el centro para realizar el pago del seguro escolar,
cuando sea necesario. Además, si así lo requiere el centro, deberán presentar la documentación adicional que se les indique desde la Secretaría.
3. E
l alumnado oficial (antiguo alumnado) de las enseñanzas artísticas superiores formalizará
su matrícula, conforme al anexo III de la presente resolución, una vez finalizada la evaluación de junio o septiembre, según corresponda. El plazo será determinado por cada centro
con la debida antelación y publicidad, y deberá ser entregado en la Secretaría del centro.
Octavo. Eficacia y Recursos.
1. E
sta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
2. C
ontra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el órgano que dicta esta resolución o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 28 de abril de 2025.
La Secretaría General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA