Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061730)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025

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2. Con fecha 16 de septiembre de 2024 el Servicio de Conservación, Mantenimiento y Explotación de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias emite informe cuyos
aspectos principales se indican a continuación:
— Descripción General de las instalaciones. La planta de biomasa Extremadura I, es una
planta de generación de energía eléctrica mediante biomasa de 49,9 MWe, dicha planta
está dotada de un sistema de tratamiento, adecuación y almacenamiento de la biomasa,
de una caldera y de una turbina de condensación de 49,9 MW eléctricos (equivalentes a
más de 50 MWt), así como de las instalaciones auxiliares necesarias. Además, requiere para su normal funcionamiento de conducciones de captación de agua y vertido de
efluentes tratados, así como de la debida conexión a la red eléctrica y acceso a la EX
116.
— Situación de las instalaciones y construcciones. Según se manifiesta en la documentación y se comprueba en los planos, la evolución del proyecto ha dado lugar a una nueva
configuración de la planta de tratamiento de biomasa (en adelante PTB), respecto de
la planteada al inicio de la tramitación ambiental, con la modificación de las fuentes de
emisión y de la red de drenaje. Toda vez que las edificaciones e instalaciones de la planta de biomasa se localizan a una distancia superior a 35 metros de la arista exterior de
la carretera, se sitúan fuera de las zonas de influencia de la carretera EX-116. En todo
caso se tendrán en cuenta las limitaciones establecidas en el art. 94 del Reglamento
General de Carreteras del Estado.
— Acceso. En el caso del nuevo acceso previsto a las instalaciones a través de la citada
carretera, como se ha indicado anteriormente, ya se dispone de autorización expresa de
esta Dirección General (n/ref. CC035323).
— Captación y vertido. Fuera de la parcela donde se ubican las instalaciones, también se
ha autorizado el cruzamiento y paralelismo a la EX-116 (n/ref. CC039123) para las líneas de captación y vertido de aguas.
— Emisiones atmosféricas. De acuerdo con la documentación aportada se han modificado
los puntos de emisión y vuelve a indicar que las emisiones cumplen con la normativa
establecida, no obstante está prevista la instalación de señalización específica y visibilímetro para detectar y avisar ante la posible reducción de visibilidad por la ocasional
presencia de humos o nieblas asociadas a las instalaciones en la EX-116, pudiéndose
exigir medidas adicionales en base a la evolución real de las emisiones, para minimizar
los efectos adversos a los usuarios de la vía.