Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061730)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24138
1) Durante el transcurso de la intervención arqueológica, el promotor, en estricta coordinación con la dirección técnica a cargo de los trabajos arqueológicos, deberá organizar y atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran
intervenido con objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas, los
hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle la
campaña de trabajos arqueológicos. La frecuencia y características de estas visitas
guiadas, será objeto de consulta previa ante esta Dirección General por parte de la
promotora y representantes de la dirección arqueológica del proyecto. Estas visitas
deberán efectuarse bajo las condiciones de seguridad más adecuadas tanto para el
equipo de trabajo como para los visitantes y para su difusión podrán emplearse los
canales y medios más adecuados para tal fin.
2) Tras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el marco de las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente relevancia
e interés de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una publicación
científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales que esta Dirección General tiene habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en
nuestra Región (Memorias de Arqueología Extremeña, Extremadura Arqueológica,
Lecturas de Patrimonio Arqueológico, etc.). El diseño, normas de publicación, así
como el número de ejemplares a publicar, deberá ser previamente acordado con esta
Dirección General.
3) Del mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo
en cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el punto
anterior, la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el montaje de
una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e interpretación de los resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención
arqueológica. Esta exposición será planificada y presentada en los centros museísticos o espacios culturales que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos
y Patrimonio Cultural.
5. E
l apartado 6 relativo a la Calificación rústica de la Resolución de 9 de junio de 2023, de
la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la
modificación del proyecto de Planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán (Cáceres) y el
apartado H. Calificación rústica de la Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección
General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
mencionado proyecto se sustituirán por el siguiente, dejando sin efecto los de la citadas
resoluciones:
Viernes 2 de mayo de 2025
24138
1) Durante el transcurso de la intervención arqueológica, el promotor, en estricta coordinación con la dirección técnica a cargo de los trabajos arqueológicos, deberá organizar y atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran
intervenido con objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas, los
hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle la
campaña de trabajos arqueológicos. La frecuencia y características de estas visitas
guiadas, será objeto de consulta previa ante esta Dirección General por parte de la
promotora y representantes de la dirección arqueológica del proyecto. Estas visitas
deberán efectuarse bajo las condiciones de seguridad más adecuadas tanto para el
equipo de trabajo como para los visitantes y para su difusión podrán emplearse los
canales y medios más adecuados para tal fin.
2) Tras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el marco de las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente relevancia
e interés de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una publicación
científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales que esta Dirección General tiene habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en
nuestra Región (Memorias de Arqueología Extremeña, Extremadura Arqueológica,
Lecturas de Patrimonio Arqueológico, etc.). El diseño, normas de publicación, así
como el número de ejemplares a publicar, deberá ser previamente acordado con esta
Dirección General.
3) Del mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo
en cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el punto
anterior, la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el montaje de
una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e interpretación de los resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención
arqueológica. Esta exposición será planificada y presentada en los centros museísticos o espacios culturales que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos
y Patrimonio Cultural.
5. E
l apartado 6 relativo a la Calificación rústica de la Resolución de 9 de junio de 2023, de
la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la
modificación del proyecto de Planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán (Cáceres) y el
apartado H. Calificación rústica de la Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección
General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
mencionado proyecto se sustituirán por el siguiente, dejando sin efecto los de la citadas
resoluciones: