Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061730)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24128
4. C
on fecha 28 de octubre de 2024 la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural emite informe que se resume a continuación:
Recibido el informe arqueológico INT/2021/090 (N.º de registro: 20210000000179625/05/2021)
en el que se detallan los resultados de la prospección arqueológica superficial realizada sobre la zona de afección del Proyecto de producción de energía eléctrica (biomasa)
Extremadura I de 49,9 MWe, conducción de captación y conducción de vertido, término
municipal de Logrosán (Cáceres), se informa en los siguientes términos:
— El resultado de la prospección ha sido positivo en cuanto a la presencia de elementos
arqueológicos constatables en superficie.
— Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas
a la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos
y que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán
por la empresa adjudicataria una serie de medidas correctoras. Estas medidas han sido
incluidas en el condicionado de la presente resolución.
Conclusión.
A la vista de las observaciones anteriormente reseñadas, se recomienda al Director General
de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de traslado al organismo sustantivo de este
informe sectorial en relación al proyecto de “Proyecto de modificación de planta de biomasa de 49,9 MWe, la cual consiste en una segunda modificación del proyecto de planta de
biomasa de 49,9 MWe, término municipal de Logrosán (Cáceres), expediente: IA20/0492”
promovido por Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU (N.º Reg: INT20240046444
Fecha de registro: 29/08/2024), y condicione la implantación del proyecto al estricto cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas señaladas con anterioridad.
5. Con fecha 5 de noviembre de 2024 el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de
Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana emite informe en el que se recogen
las siguientes consideraciones:
— En el término municipal de Logrosán se encuentran actualmente vigentes las Normas
Subsidiarias aprobadas definitivamente por Resolución de 25 de septiembre de 1996, de
la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicadas en el
DOE n.º 14, el 1 de febrero de 1997.
— En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
Viernes 2 de mayo de 2025
24128
4. C
on fecha 28 de octubre de 2024 la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural emite informe que se resume a continuación:
Recibido el informe arqueológico INT/2021/090 (N.º de registro: 20210000000179625/05/2021)
en el que se detallan los resultados de la prospección arqueológica superficial realizada sobre la zona de afección del Proyecto de producción de energía eléctrica (biomasa)
Extremadura I de 49,9 MWe, conducción de captación y conducción de vertido, término
municipal de Logrosán (Cáceres), se informa en los siguientes términos:
— El resultado de la prospección ha sido positivo en cuanto a la presencia de elementos
arqueológicos constatables en superficie.
— Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas
a la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos
y que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán
por la empresa adjudicataria una serie de medidas correctoras. Estas medidas han sido
incluidas en el condicionado de la presente resolución.
Conclusión.
A la vista de las observaciones anteriormente reseñadas, se recomienda al Director General
de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de traslado al organismo sustantivo de este
informe sectorial en relación al proyecto de “Proyecto de modificación de planta de biomasa de 49,9 MWe, la cual consiste en una segunda modificación del proyecto de planta de
biomasa de 49,9 MWe, término municipal de Logrosán (Cáceres), expediente: IA20/0492”
promovido por Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU (N.º Reg: INT20240046444
Fecha de registro: 29/08/2024), y condicione la implantación del proyecto al estricto cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas señaladas con anterioridad.
5. Con fecha 5 de noviembre de 2024 el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de
Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana emite informe en el que se recogen
las siguientes consideraciones:
— En el término municipal de Logrosán se encuentran actualmente vigentes las Normas
Subsidiarias aprobadas definitivamente por Resolución de 25 de septiembre de 1996, de
la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicadas en el
DOE n.º 14, el 1 de febrero de 1997.
— En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,