Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061728)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de la LAMT, de 20 kV, 4869-03-"Guadalupe" de la STR "Cañamero", entre el apoyo 529 (derivación a CT "Base Helicóptero") y el apoyo 577 (derivación a CT "Agrícolas El Común")", a realizar en los términos municipales de Guadalupe y Alía (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA24/0269.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025

24071

Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del estudio de impacto ambiental y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada, se elabora la
presente Declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
Para la ubicación del trazado de la línea se han valorado 2 alternativas, ambas subterráneas, además de la alternativa cero, que supondría la no realización del proyecto. Esta
alternativa de no realización del proyecto queda descartada debido a que esta actuación
se conforma como parte del plan estratégico de la compañía para mejorar la red de distribución eléctrica, cumpliendo con el compromiso de garantizar el derecho de los consumidores (en este caso concreto de la comarca de Las Villuercas) al suministro de energía
eléctrica y la adecuación de éste a sus necesidades en términos de seguridad, calidad y
eficiencia, según marca la ley (Decreto-Ley 1/2018, de 20 de noviembre, por el que se
modifica la Ley 2/2002, de 25 de abril, de protección de la calidad del suministro eléctrico
en Extremadura).
En el análisis de alternativas se han tenido en cuenta factores tales como la pendiente, la
hidrología, la vegetación, los hábitats, la flora y fauna o los espacios naturales, entre otros.
Las alternativas valoradas son las siguientes:


— Alternativa 1: El inicio de la ampliación parte del apoyo fin de línea de la actual LAMT,
propiedad de i-DE. El primer tramo de esta alternativa discurre paralelo a un camino
público que parte desde la carretera EX–118 en sentido norte y se encuentra excluido
del hábitat de interés comunitario “Bosque de Castaños”, con código UE 9260.



A continuación esta alternativa realiza un cambio de dirección por la divisoria hacia
la Loma de Altamira, siendo coincidente con el cortafuegos del Cerro Pozuelo, que
se extiende por la cuerda de la Sierra de Guadalupe procediendo a la división de
la masa arbolada de Bosques mixtos de frondosas en región biogeográfica mediterránea. Se aprovecharía esta franja libre de vegetación para evitar realizar la tala
masiva de arbolado.



A continuación se inicia la bajada desde el pico Pozuelo, situado a 1.087 metros,
por la línea de máxima pendiente de la cara norte de la sierra, buscando un camino
existente que se abre paso a través de un bosque de plantación de castaños.



Por último, el tramo final se conduciría por la línea divisoria entre las vertientes del
arroyo de la Fuenfría, a la derecha; y el río Ibor, a la izquierda. Se adopta esta opción
por la existencia del camino de titularidad pública Camino de la Fuenfría. Destaca