Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061728)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de la LAMT, de 20 kV, 4869-03-"Guadalupe" de la STR "Cañamero", entre el apoyo 529 (derivación a CT "Base Helicóptero") y el apoyo 577 (derivación a CT "Agrícolas El Común")", a realizar en los términos municipales de Guadalupe y Alía (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA24/0269.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24067
— Con fecha de 2 de febrero de 2025, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que la actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, en espacios de la Red Natura
2000, en concreto en:
• ZEPA/ZEC “Sierra de las Villuercas y Valle del Guadarranque (ES4320039)”.
El proyecto de “Ampliación de la LAMT, de 20 kV, 4869-03-“Guadalupe” de la STR “Cañamero”, entre el apoyo 529 (derivación a CT “Base Helicóptero”) y el apoyo 577 (derivación a CT “Agrícolas El Común”)” se informa favorablemente, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se
cumplan las siguientes medidas:
• Medidas preventivas:
1. Se llevarán a cabo todas las medidas preventivas propuestas en el Documento Ambiental siempre que no entren en contradicción con las medidas propuestas en el
presente informe.
2. Se utilizarán los caminos y accesos que existen en la actualidad. Se respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo momento en
condiciones de uso similares a las originales. Para reducir la compactación del suelo,
la maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo precise,
y nunca con el terreno con exceso de humedad.
3. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, sin afectar a
los Hábitat de Interés Comunitario presentes, seleccionando preferentemente áreas
degradadas.
4. Durante la realización de los trabajos se llevará a cabo diariamente una revisión de
las zonas de trabajo con objeto de rescatar pequeños vertebrados (especialmente
anfibios y reptiles) que pudieran caer accidentalmente en alguna de las zanjas a
realizar.
5. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los
mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico de la Dirección General en
materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación
de tal circunstancia.
Viernes 2 de mayo de 2025
24067
— Con fecha de 2 de febrero de 2025, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que la actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, en espacios de la Red Natura
2000, en concreto en:
• ZEPA/ZEC “Sierra de las Villuercas y Valle del Guadarranque (ES4320039)”.
El proyecto de “Ampliación de la LAMT, de 20 kV, 4869-03-“Guadalupe” de la STR “Cañamero”, entre el apoyo 529 (derivación a CT “Base Helicóptero”) y el apoyo 577 (derivación a CT “Agrícolas El Común”)” se informa favorablemente, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se
cumplan las siguientes medidas:
• Medidas preventivas:
1. Se llevarán a cabo todas las medidas preventivas propuestas en el Documento Ambiental siempre que no entren en contradicción con las medidas propuestas en el
presente informe.
2. Se utilizarán los caminos y accesos que existen en la actualidad. Se respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo momento en
condiciones de uso similares a las originales. Para reducir la compactación del suelo,
la maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo precise,
y nunca con el terreno con exceso de humedad.
3. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, sin afectar a
los Hábitat de Interés Comunitario presentes, seleccionando preferentemente áreas
degradadas.
4. Durante la realización de los trabajos se llevará a cabo diariamente una revisión de
las zonas de trabajo con objeto de rescatar pequeños vertebrados (especialmente
anfibios y reptiles) que pudieran caer accidentalmente en alguna de las zanjas a
realizar.
5. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los
mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico de la Dirección General en
materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación
de tal circunstancia.