Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025040054)
Decreto 27/2025, de 22 de abril, por el que se modifica el Decreto 242/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de Campo Arañuelo.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

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c) Memoria Económica.
d) Régimen Normativo.
e) E
 valuación de Impacto.
f) Documentación Gráfica.
2. La Memoria de Análisis y Diagnóstico establece las bases analíticas en las que se fundamenta la propuesta del Plan.
3. L
 a Memoria Justificativa expresa los fundamentos de la ordenación, el sentido de la misma
y la descripción de las propuestas. Constituye el documento básico para la interpretación
del Plan.
4. La Memoria Económica comprende el conjunto de actuaciones inversoras que deben ser
desarrolladas en cumplimiento de los objetivos y determinaciones del Plan, la evaluación
económica global de las mismas, las prioridades y la indicación de los órganos y agentes
responsables de su ejecución. La evaluación económica es meramente estimativa de los
costes previstos.
5. El Régimen Normativo constituye el conjunto de determinaciones de ordenación territorial. Prevalece sobre los restantes documentos del Plan. En caso de posible conflicto entre
distintas determinaciones, la Memoria Justificativa opera, con carácter supletorio, como
instrumento interpretativo.
6. La Evaluación de Impacto constituye el documento que evalúa las tendencias existentes en
el ámbito sin la existencia del Plan Territorial y las previsibles con la implementación del
mismo.
7. L
 a Documentación Gráfica se conforma con los planos de propuesta.
8. Los documentos del Plan constituyen un todo unitario que deberán, excepto la Memoria de
Análisis y Diagnóstico y la Evaluación de Impacto, interpretarse globalmente.
9. En caso de contradicción entre las determinaciones escritas y los planos de la propuesta
prevalecerán las primeras. En las posibles discrepancias entre los gráficos que ilustran la
Memoria Justificativa y los Planos de Propuesta prevalecerán estos últimos.
10. L
 as prioridades establecidas en la Memoria Económica tienen el carácter de Directrices.
11. Las posibles revisiones de este plan Territorial deberán ajustarse a los requerimientos
de documentación especificados en la legislación urbanística vigente en el momento de
elaboración.