Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040047)
Extracto de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025/2026, establecida en el Decreto 18/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa Contrata Excelencia".
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NÚMERO 76
21624
Martes 22 de abril de 2025
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el
procedimiento, se efectuará a través del Punto de Acceso General Electrónico dentro de la
ficha correspondiente al trámite (www.juntaex.es./w/0711324 ) desde donde se habilitará
el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
2. E
l plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solicitudes
será de un año a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es) el Decreto que incorpora la misma, tal y como dispone el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y conforme al plazo máximo previsto en el apartado segundo
del artículo 29.2 de la citada norma.
3. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de
la contratación.
4. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a la inadmisión
de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 8 de abril de 2025.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023,
DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del SEXPE,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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Martes 22 de abril de 2025
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el
procedimiento, se efectuará a través del Punto de Acceso General Electrónico dentro de la
ficha correspondiente al trámite (www.juntaex.es./w/0711324 ) desde donde se habilitará
el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
2. E
l plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solicitudes
será de un año a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es) el Decreto que incorpora la misma, tal y como dispone el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y conforme al plazo máximo previsto en el apartado segundo
del artículo 29.2 de la citada norma.
3. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de
la contratación.
4. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a la inadmisión
de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 8 de abril de 2025.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023,
DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del SEXPE,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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