Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040047)
Extracto de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025/2026, establecida en el Decreto 18/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa Contrata Excelencia".
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NÚMERO 76
Martes 22 de abril de 2025
21623
concierta el contrato para la obtención de la práctica profesional, obtenido con una nota
media del expediente académico igual o superior a un 8.
Se establece la siguiente escala según el tramo en el que se encuadre la remuneración
anual bruta:
— Tramo 1, desde el Salario mínimo interprofesional hasta 20.000 euros: 9.000 euros y
con “Incremento Excelencia 11.250 euros.
— Tramo 2, superior a 20.000 y hasta 25.000 euros: 10.000 euros y con “Incremento Excelencia 12.500 euros.
— Tramo 3, superior a 25.000 y hasta 30.000 euros: 11.000 euros y con “Incremento Excelencia 13.750 euros.
— Tramo 4, superior a 30.000 euros: 12.000 euros y con “Incremento Excelencia 15.000
euros.
4. La remuneración bruta anual, incluidas las pagas extraordinarias, será la establecida en el
contrato individual de trabajo, adecuándose en todo caso al convenio colectivo de aplicación y no pudiendo ser nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
5. Las ayudas establecidas en el apartado 3 (cuantías determinadas en función de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, o bien esas mismas cuantías
incrementadas en un 25% por el “Incremento Excelencia”) se incrementarán en un 10%
adicional cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias, sin que éstas sean acumulables entre sí:
a. El puesto de trabajo donde la persona trabajadora objeto de subvención presta sus
servicios habitualmente ,o al que está adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia
(teletrabajo), se sitúa en una localidad de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con
las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal
a 1 de enero de la anualidad correspondiente, difundidas por el Instituto Nacional de
Estadística, teniendo como referencia la fecha del contrato de la persona trabajadora
objeto de solicitud de subvención.
b. Cuando se trate de empresas en las que, a fecha de alta del contrato por el que se solicita subvención, concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial.
c. Cuando se trate de empresas que tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad
de Género sin que exista la obligación legal establecida en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Martes 22 de abril de 2025
21623
concierta el contrato para la obtención de la práctica profesional, obtenido con una nota
media del expediente académico igual o superior a un 8.
Se establece la siguiente escala según el tramo en el que se encuadre la remuneración
anual bruta:
— Tramo 1, desde el Salario mínimo interprofesional hasta 20.000 euros: 9.000 euros y
con “Incremento Excelencia 11.250 euros.
— Tramo 2, superior a 20.000 y hasta 25.000 euros: 10.000 euros y con “Incremento Excelencia 12.500 euros.
— Tramo 3, superior a 25.000 y hasta 30.000 euros: 11.000 euros y con “Incremento Excelencia 13.750 euros.
— Tramo 4, superior a 30.000 euros: 12.000 euros y con “Incremento Excelencia 15.000
euros.
4. La remuneración bruta anual, incluidas las pagas extraordinarias, será la establecida en el
contrato individual de trabajo, adecuándose en todo caso al convenio colectivo de aplicación y no pudiendo ser nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
5. Las ayudas establecidas en el apartado 3 (cuantías determinadas en función de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, o bien esas mismas cuantías
incrementadas en un 25% por el “Incremento Excelencia”) se incrementarán en un 10%
adicional cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias, sin que éstas sean acumulables entre sí:
a. El puesto de trabajo donde la persona trabajadora objeto de subvención presta sus
servicios habitualmente ,o al que está adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia
(teletrabajo), se sitúa en una localidad de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con
las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal
a 1 de enero de la anualidad correspondiente, difundidas por el Instituto Nacional de
Estadística, teniendo como referencia la fecha del contrato de la persona trabajadora
objeto de solicitud de subvención.
b. Cuando se trate de empresas en las que, a fecha de alta del contrato por el que se solicita subvención, concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial.
c. Cuando se trate de empresas que tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad
de Género sin que exista la obligación legal establecida en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.