Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040038)
Decreto 18/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa Contrata Excelencia", y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 76
Martes 22 de abril de 2025
21569
transparencia de la actuación administrativa y la participación de las entidades solicitantes,
garantiza servicios digitales fácilmente utilizables de modo que la relación entre la entidad
interesada y el órgano gestor sea fácil, intuitiva y efectiva cuando utiliza el canal electrónico
y mejora la seguridad jurídica.
A la finalización de los contratos para la obtención de una práctica profesional, si estos se
transforman en contratos indefinidos, serán susceptibles de recibir ayudas a través de las
subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las
empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las ayudas reguladas en este decreto tienen el carácter de ayudas de minimis y están sujetas
al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
El procedimiento de concesión de estas ayudas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta por tratarse de una subvención destinada a fomentar la creación de empleo, mediante la incorporación
al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción. Estas
circunstancias, las razones de carácter público y social que llevan aparejadas y la imposibilidad de establecer criterios objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión
de las ayudas justifican el régimen de concesión directa.
Según establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura el procedimiento para la concesión de estas subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de esta.
La presente disposición se adecua a los principios de buena regulación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El presente decreto se dicta con la finalidad de llevar a cabo las medidas establecidas en los
objetivos previstos en el Plan Director de Políticas Activas de Empleo para Extremadura 20242027, por lo que con el dictado de la presente norma se da cumplimiento a los principios de
necesidad y eficacia recogidos en el apartado segundo del mencionado artículo 129.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con adecuación a las normas que le sirven de
marco.
Martes 22 de abril de 2025
21569
transparencia de la actuación administrativa y la participación de las entidades solicitantes,
garantiza servicios digitales fácilmente utilizables de modo que la relación entre la entidad
interesada y el órgano gestor sea fácil, intuitiva y efectiva cuando utiliza el canal electrónico
y mejora la seguridad jurídica.
A la finalización de los contratos para la obtención de una práctica profesional, si estos se
transforman en contratos indefinidos, serán susceptibles de recibir ayudas a través de las
subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las
empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las ayudas reguladas en este decreto tienen el carácter de ayudas de minimis y están sujetas
al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
El procedimiento de concesión de estas ayudas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se efectuará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta por tratarse de una subvención destinada a fomentar la creación de empleo, mediante la incorporación
al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción. Estas
circunstancias, las razones de carácter público y social que llevan aparejadas y la imposibilidad de establecer criterios objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión
de las ayudas justifican el régimen de concesión directa.
Según establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura el procedimiento para la concesión de estas subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de esta.
La presente disposición se adecua a los principios de buena regulación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El presente decreto se dicta con la finalidad de llevar a cabo las medidas establecidas en los
objetivos previstos en el Plan Director de Políticas Activas de Empleo para Extremadura 20242027, por lo que con el dictado de la presente norma se da cumplimiento a los principios de
necesidad y eficacia recogidos en el apartado segundo del mencionado artículo 129.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con adecuación a las normas que le sirven de
marco.