Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061439)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y las entidades colaboradoras para la realización de los trámites asociados a dicha Consejería que se lleven a cabo mediante canales telemáticos (Lorenzo Martín Vizuete).
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NÚMERO 75
21263
Lunes 21 de abril de 2025
Todos los datos suministrados, así como las herramientas y la información correspondiente al
Sistema de Información Geográfica de Parcelas (SIGPAC), sólo podrán ser utilizados para la
finalidad establecida, debiendo ser autorizado el uso de los mismos para cualquier otra finalidad por parte de la Consejería competente en materia agraria.
Las personas o entidades colaboradoras estarán obligadas a implantar y mantener las medidas de seguridad exigidas legalmente que aseguren la disponibilidad, confidencialidad e
integridad de los datos manejados y que garanticen la seguridad de los datos y eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
A los efectos de cumplir lo previsto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se incorpora al presente Convenio
Anexo relativo al compromiso de las personas y entidades colaboradoras del cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información y protección de datos personales.
Se incorpora a este Convenio como Anexo el encargo del tratamiento de protección de datos
referido en el párrafo anterior, declarando ambas partes conocer su contenido, mostrando su
conformidad y obligándose a cumplir lo referido en el mismo mediante la firma del presente
convenio.
Decimosegunda. Publicidad y transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.
Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo
10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, la formalización
del presente Convenio será objeto de difusión electrónica a través del Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, ambas
partes firman el presente convenio electrónicamente.
La Secretaria General,
PA, Resolución 2 de agosto de 2023,
de la Consejera
(DOE núm. 152, de 8 de agosto),
D.ª MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
La Entidad Colaboradora,
D. LORENZO MARTÍN VIZUETE
21263
Lunes 21 de abril de 2025
Todos los datos suministrados, así como las herramientas y la información correspondiente al
Sistema de Información Geográfica de Parcelas (SIGPAC), sólo podrán ser utilizados para la
finalidad establecida, debiendo ser autorizado el uso de los mismos para cualquier otra finalidad por parte de la Consejería competente en materia agraria.
Las personas o entidades colaboradoras estarán obligadas a implantar y mantener las medidas de seguridad exigidas legalmente que aseguren la disponibilidad, confidencialidad e
integridad de los datos manejados y que garanticen la seguridad de los datos y eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
A los efectos de cumplir lo previsto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se incorpora al presente Convenio
Anexo relativo al compromiso de las personas y entidades colaboradoras del cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información y protección de datos personales.
Se incorpora a este Convenio como Anexo el encargo del tratamiento de protección de datos
referido en el párrafo anterior, declarando ambas partes conocer su contenido, mostrando su
conformidad y obligándose a cumplir lo referido en el mismo mediante la firma del presente
convenio.
Decimosegunda. Publicidad y transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.
Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo
10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, la formalización
del presente Convenio será objeto de difusión electrónica a través del Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, ambas
partes firman el presente convenio electrónicamente.
La Secretaria General,
PA, Resolución 2 de agosto de 2023,
de la Consejera
(DOE núm. 152, de 8 de agosto),
D.ª MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
La Entidad Colaboradora,
D. LORENZO MARTÍN VIZUETE