Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2025061380)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025

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de diciembre del año anterior al de la convocatoria, y con el límite máximo de los gastos subvencionables justificados conforme a lo dispuesto en el artículo 10 y 11 de la presente orden.
Noveno. Instrucción, resolución y sentido del silencio administrativo.
1. Conforme al artículo 5 de la Orden de 15 de mayo de 2020 (DOE número 94 de 18 de
mayo) corresponde al Servicio de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de Hacienda la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en la citada orden.
2. T
 ras la evaluación y examen de las solicitudes, los expedientes serán sometidos a informe
de una Comisión de Valoración, integrada por:
— Presidente/a: Titular del Servicio encargado de la gestión económica y presupuestaria o
persona en la que delegue.
— Secretario/a: Titular de la Jefatura de Sección encargado de la gestión presupuestaria o
persona en la que delegue.
— Vocal: funcionario adscrito al Servicio encargado de la gestión económica y presupuestaria.
Si el presidente lo estimara necesario, podrá incorporarse a la Comisión, en calidad de
asesor, otro personal adscrito a la Consejería con competencias en Hacienda, con voz, pero
sin voto.
3. E
 l plazo máximo de resolución y notificación se establece en un periodo de tres meses
desde la publicación de la convocatoria. Trascurrido dicho periodo sin haberse producido
la resolución expresa, ésta se entenderá desestimada de acuerdo con lo establecido en el
artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. La concesión de estas subvenciones corresponde a la Secretaria General de la Consejería
de Hacienda y Administración Pública, mediante Resolución dictada a propuesta del titular
del Servicio de Gestión Económica de la Secretaría General, como órgano instructor del
procedimiento, previo informe de la Comisión de Valoración.
5. L
 as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura
y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los
artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Así mismo serán objeto de publicidad en el Portal Electrónico
de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como