Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0034)
Acuerdo de 30 de enero de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Majadas para el ajuste de las condiciones de implantación de instalaciones y construcciones agropecuarias vinculadas en el Suelo No Urbanizable Común (SNUC), en el Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística (SNUP-P) y en el Suelo No Urbanizable de Protección Estructural de Dehesa (SNUP-E).
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025
21199
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
Se redacta el presente resumen ejecutivo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
25.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
La redacción de la modificación puntual n.º 4 de Majadas ha sido realizada por el equipo de
planeamiento de la Oficina de Gestión Urbanística de la Mancomunidad Integral de Municipios
Campo Arañuelo, coordinado por el Arquitecto D. Miguel Sanz Salazar.
1. Á
MBITO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.
La modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Majadas, afecta a las definiciones de usos agropecuarios y a las condiciones de implantación de usos vinculados en los
tipos de suelo siguientes
Artículo 4.4.4.1 CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SUELO NO URBANIZABLE COMÚN SNUC.
Artículo 4.4.4.5 CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA SNUP-P.
Artículo 4.4.4.6 CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN. ESTRUCTURAL DE DEHESA SNUP-E1.
2. O
BJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL.
Esta modificación tiene por objetivo facilitar la implantación de usos vinculados a la naturaleza del terreno en las proximidades del casco urbano.
El ajuste de las condiciones específicas de instalaciones y construcciones en los suelos
SNUC, SNUP-P y SNUP-E1 en los siguientes aspectos:
• La reducción de las distancias a casco urbano de las construcciones e instalaciones con
usos vinculados.
• Eliminación de superficie mínima de parcela para la implantación de instalaciones y construcciones vinculadas conforme a la naturaleza del terreno.
• Modificación de las condiciones de los vallados para ajustarse a lo dispuesto en el decreto
226/2013.
Miércoles 16 de abril de 2025
21199
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
Se redacta el presente resumen ejecutivo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
25.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
La redacción de la modificación puntual n.º 4 de Majadas ha sido realizada por el equipo de
planeamiento de la Oficina de Gestión Urbanística de la Mancomunidad Integral de Municipios
Campo Arañuelo, coordinado por el Arquitecto D. Miguel Sanz Salazar.
1. Á
MBITO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.
La modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Majadas, afecta a las definiciones de usos agropecuarios y a las condiciones de implantación de usos vinculados en los
tipos de suelo siguientes
Artículo 4.4.4.1 CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SUELO NO URBANIZABLE COMÚN SNUC.
Artículo 4.4.4.5 CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA SNUP-P.
Artículo 4.4.4.6 CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN. ESTRUCTURAL DE DEHESA SNUP-E1.
2. O
BJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL.
Esta modificación tiene por objetivo facilitar la implantación de usos vinculados a la naturaleza del terreno en las proximidades del casco urbano.
El ajuste de las condiciones específicas de instalaciones y construcciones en los suelos
SNUC, SNUP-P y SNUP-E1 en los siguientes aspectos:
• La reducción de las distancias a casco urbano de las construcciones e instalaciones con
usos vinculados.
• Eliminación de superficie mínima de parcela para la implantación de instalaciones y construcciones vinculadas conforme a la naturaleza del terreno.
• Modificación de las condiciones de los vallados para ajustarse a lo dispuesto en el decreto
226/2013.