Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061416)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura para un estudio de costes de producción de tomate para transformación, aceituna manzanilla cacereña y arroz en Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se producen. N.º: 2531999FR001.
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NÚMERO 73

20484

Martes 15 de abril de 2025

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
DESARROLLO SOSTENIBLE Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA UN ESTUDIO DE
COSTES DE PRODUCCIÓN DE TOMATE PARA TRANSFORMACIÓN, ACEITUNA MANZANILLA
CACEREÑA Y ARROZ EN EXTREMADURA, SU VIABILIDAD Y SU INCIDENCIA ECONÓMICA EN
LAS ZONAS RURALES DONDE SE PRODUCEN. N.º: 2531999FR001.
1 de abril de 2025.
REUNIDOS
De una parte, María Concepción Montero Gómez, Secretaria General de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, cargo que ostenta en virtud de nombramiento
por Decreto 91/2023, de 28 de julio, (DOE n.º 146 de 31 de julio de 2023), actuando en el
ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por Resolución de 2 de agosto de 2023, de
la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General de
Consejería (DOE n.º 152, de 8 de agosto de 2023).
De otra parte, Pedro María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, en representación de la misma, nombrado por el Decreto 166/2022, de 30 de
diciembre, (DOE n.º 9, de 13/01/2023), en el ejercicio de las facultades que le confiere el
artículo 93.h) del Decreto 65/2003 de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de
la Universidad de Extremadura, modificado por Decreto 190/2010, de 1 de octubre, y previa
aprobación del Convenio, por el Consejo de Gobierno de la Universidad, en su sesión del 20
de febrero de 2025.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para establecer el presente Convenio de Colaboración, y a tales efectos,
EXPONEN
Primero. De acuerdo con el artículo 9 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Comunidad
Autónoma de Extremadura tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: “7.
Fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos
de la política económica nacional” y “34. Desarrollo sostenible del medio rural”. Asimismo, su
artículo 7, al regular los principios rectores de los poderes públicos extremeños, indica que
los poderes públicos regionales “3. Impulsarán activamente la equidad territorial y la cohesión
social en sus políticas internas y en sus relaciones con otras Comunidades Autónomas, con
las instituciones generales del Estado y con las europeas. Asimismo, alentarán el crecimiento
demográfico regional, apoyarán el retorno de los emigrantes y lucharán contra la despoblación de las zonas rurales”.