Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Sentencias. Ejecución. (2025061451)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone a la ejecución de la sentencia n.º 683/2024, de 20 de noviembre, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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NÚMERO 73
20482
Martes 15 de abril de 2025
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículo 8 y siguientes del Decreto
59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de resoluciones judiciales, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo
Social de la Junta de Extremadura, es competente para la ejecución definitiva de la sentencias
judiciales el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General de la Consejería mediante Resolución del Consejero de fecha 4 de octubre de 2023, por la que se delegan
competencias en diversas materias, así como la firma de resoluciones y actos en la Secretaría
General y otros órganos administrativos de la Consejería (DOE número 194, de 9 de octubre),
por lo que esta Secretaría General,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución de la sentencia firme n.º 683/2024, del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, Sala de lo Contencioso-administrativo, con fecha de 20 de noviembre de
2024, recaída sobre el procedimiento ordinario n.º 326/2024, llevando a puro y debido efecto
el fallo, cuya parte dispositiva dice:
“Que en atención a lo expuesto debemos de estimar y estimamos el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la Procuradora Sra. Muñoz Fernández en nombre de D. José
Antonio Gómez Requero contra la resolución de la resolución del Consejero de Presidencia,
Interior y Diálogo Social de 19 de abril de 2024 (…) y en su virtud condenamos a la Junta
de Extremadura a que le abone la indemnización prevista en la Ley 2/2020, de 4 marzo, de
asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura por la muerte de su padre, con los intereses legales desde su petición hasta su pago
y todo ello con expresa condena en cuanto a las costas para la Administración demandada”.
Mérida, 4 de abril de 2025.
El Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social,
PD, Resolución del Consejero de 4 de
octubre de 2023
(DOE n.º 194, de 09/10/23),
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
20482
Martes 15 de abril de 2025
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículo 8 y siguientes del Decreto
59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de resoluciones judiciales, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo
Social de la Junta de Extremadura, es competente para la ejecución definitiva de la sentencias
judiciales el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General de la Consejería mediante Resolución del Consejero de fecha 4 de octubre de 2023, por la que se delegan
competencias en diversas materias, así como la firma de resoluciones y actos en la Secretaría
General y otros órganos administrativos de la Consejería (DOE número 194, de 9 de octubre),
por lo que esta Secretaría General,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución de la sentencia firme n.º 683/2024, del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, Sala de lo Contencioso-administrativo, con fecha de 20 de noviembre de
2024, recaída sobre el procedimiento ordinario n.º 326/2024, llevando a puro y debido efecto
el fallo, cuya parte dispositiva dice:
“Que en atención a lo expuesto debemos de estimar y estimamos el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la Procuradora Sra. Muñoz Fernández en nombre de D. José
Antonio Gómez Requero contra la resolución de la resolución del Consejero de Presidencia,
Interior y Diálogo Social de 19 de abril de 2024 (…) y en su virtud condenamos a la Junta
de Extremadura a que le abone la indemnización prevista en la Ley 2/2020, de 4 marzo, de
asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura por la muerte de su padre, con los intereses legales desde su petición hasta su pago
y todo ello con expresa condena en cuanto a las costas para la Administración demandada”.
Mérida, 4 de abril de 2025.
El Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social,
PD, Resolución del Consejero de 4 de
octubre de 2023
(DOE n.º 194, de 09/10/23),
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL