Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Honores Y Distinciones. (2025061448)
Resolución de 7 de abril de 2025, del Consejero, por la que se conceden medallas a la permanencia en el servicio de la Policía Local de Extremadura en la anualidad 2025.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025

20024

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2025, del Consejero, por la que se conceden
medallas a la permanencia en el servicio de la Policía Local de Extremadura
en la anualidad 2025. (2025061448)
Vistas las solicitudes y documentación presentada por las corporaciones locales de Extremadura interesadas al amparo de lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 17 de febrero de
2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad
de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión (DOE núm. 40, de 27 de febrero),
de conformidad con el informe-propuesta del Secretario General de Interior, Emergencias y
Protección Civil y en virtud de las facultades que me atribuye la normativa vigente, el Excelentísimo Sr. Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social dicta la presente Resolución
con base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 27 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura
(núm. 40) la Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por
la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía
local, y a la labor policial y de seguridad de Extremadura, y se regula su procedimiento de
concesión.
De conformidad con su artículo 1, esta orden tiene por objeto “la creación de distinciones y
condecoraciones (…) como reconocimiento a la permanencia en el servicio de la policía local,
así como a la labor realizada a favor de la dignificación y reconocimiento público de las policías
locales (...)” con la finalidad de ofrecer un reconocimiento público de la permanencia en los
cuerpos de Policía Local por parte de sus miembros, así como su labor tendente a la dignificación de estos cuerpos y servidores públicos.
A tal fin, entre las distinciones y condecoraciones a conceder establecidas en el artículo 2 de
la mencionada disposición reglamentaria, se crea la medalla a la permanencia en el servicio
de la Policía Local de Extremadura en dos categorías: oro y plata, pudiendo ser destinatarios
de esta, conforme a su artículo 3.1, los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local y los Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. En la presente anualidad y al amparo de lo establecido en el artículo 8 de citada
Orden de 17 de febrero de 2014, han tenido entrada en el Registro de la Junta de Extremadura un total de 11 solicitudes presentadas por las corporaciones locales de Extremadura
interesadas.