Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025061428)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025

19895

Eje 5: El impulso de la formación de los distintos agentes para garantizar la mejor respuesta asistencial.
Para ofrecer a las víctimas de violencia de género la mejor asistencia posible es necesario que se amplíe la
formación especializada de todos los profesionales que intervienen en la prevención, protección y ayuda
psicosocial a las víctimas. Es por ello ineludible seguir promoviendo la formación de todos los profesionales
implicados: jueces, fiscales, equipos psicosociales, médicos forenses, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
personal sanitario y personal docente, entre otros. La formación ha de incluir tanto las técnicas y
procedimientos propios de su profesión, como las características, causas, efectos y consecuencias de la
violencia sobre las mujeres. El compromiso estriba en que los contenidos formativos sean obligatorios,
estén homologados por los organismos especializados y sean evaluables para todos los operadores.
Eje 6: La mejora del conocimiento como complemento indispensable para contribuir de forma eficaz a la
lucha contra todos los tipos de violencia contra las mujeres incluidos en el ámbito de aplicación del
Convenio de Estambul aportando datos más fiables, completos y detallados sobre sus formas, incidencia,
causas y consecuencias. Para ello se asume el compromiso de asegurar el seguimiento estadístico de todos
los tipos de violencia sobre las mujeres, teniendo en cuenta variables como la edad, la discapacidad o la
incidencia en el mundo rural, y la realización de estudios e informes, haciendo especial hincapié en el
impacto sobre las hijas e hijos de las víctimas, sobre la violencia sexual y sobre la situación laboral de las
mujeres víctimas.
Eje 7: Recomendaciones a Comunidades Autónomas, Entidades Locales y otras instituciones, como
agentes colaboradores necesarios para conseguir erradicar la violencia sobre las mujeres por razón de
género. Teniendo en cuenta sus competencias se recogen medidas directamente relacionadas con ellas.
Eje 8: La visualización y atención de otras formas de violencia contra las mujeres, prestando especial
atención a la violencia sexual, a la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, a la mutilación
genital femenina y a los matrimonios forzados. De conformidad con el Convenio del Consejo de Europa
para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), de
2011, se incluirán todos los actos de violencia basados en el género que impliquen o puedan implicar para
las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las
amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o
privada.
Eje 9: El compromiso económico con las políticas para la erradicación de la violencia sobre las mujeres.
La implementación de las medidas contempladas en los Informes del Congreso y del Senado requiere el
respaldo presupuestario correspondiente, a cuyo fin los Presupuestos Generales del Estado destinarán a
cada una de las administraciones, en el ámbito de sus competencias, la cuantía económica necesaria para
el desarrollo o ampliación de las medidas contempladas en el Pacto.
Eje 10: El seguimiento del Pacto de Estado facilitando la información necesaria a la Comisión de
Seguimiento del Pacto, que permita desempeñar sus funciones de evaluación y control de los avances
realizados en el desarrollo del mismo.