Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025061428)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025

19886

3. L
 a concesión de estas subvenciones se realizará por la persona titular de la Secretaría
General de Igualdad y Conciliación de Presidencia de la Junta, de conformidad con la delegación de competencias efectuada mediante Resolución de 3 de octubre de 2023, de la
Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE núm.
194, de 9 de octubre de 2023) por la que se delegan determinadas competencias en las
personas titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
Undécimo. Cuantía individualizada de la subvención.
1. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Orden de 27 de julio de 2022 por
la que se establecen y aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, serán subvencionables los proyectos acogidos a esta modalidad por la totalidad del importe solicitado en
base al presupuesto aceptado del proyecto presentado, hasta agotar el crédito presupuestario previsto en la presente convocatoria, tomando como orden de prelación la fecha de
presentación de la solicitud.
2. E
 l importe de la ayuda solicitada no podrá superar el 33% del crédito total de la presente
convocatoria y, en todo caso, no podrá superar los 300.000,00 euros.
Duodécimo. Resolución del procedimiento.
1. E
 vacuados los trámites, la persona titular de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación de Presidencia de la Junta, de conformidad con la Resolución de 3 de octubre de 2023,
de la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE
núm. 194, de 9 de octubre de 2023) por la que se delegan determinadas competencias
en las personas titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, resolverá sobre la concesión o denegación de las solicitudes de subvenciones en el plazo máximo de tres meses, contados a
partir de la fecha de publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de
Extremadura. Transcurrido dicho plazo máximo sin haberse publicado resolución expresa
del procedimiento en el Diario Oficial de Extremadura, se podrán entender desestimadas
las solicitudes, de conformidad con el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
 as respectivas resoluciones de concesión emitidas para cada entidad beneficiaria contendrán la entidad solicitante a la que se concede la subvención, el objeto o actividad subvencionada, la modalidad en la que se encuadra el proyecto, las obligaciones o condiciones
impuestas a la entidad solicitante, el plazo de ejecución para cada proyecto y las menciones de identidad y publicidad.