Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061406)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de balsa de evaporación de efluentes de bodega de vinos, en el término municipal de Arroyo de San Serván, cuya promotora es Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales. Expte.: IA24/1922.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025

20099

bitats protegidos ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares
de la Red Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta compatible con los planes
de protección vigentes de las especies presentes. Posteriormente informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000 siempre que se cumplan una serie de medidas incluidas
en el presente informe.
Los Agentes del Medio Natural de la Unidad Territorial de Vigilancia número 7 emite informe en el que comunica que, considerando que los efectos de esta actividad pudieran ser
compatibles con el entorno ya descrito, al entender que los trabajos de ejecución serían
mínimos y sobre la fauna silvestre se entiende que son inapreciables o pasajeros mientras
se ejecutan las obras.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el
que incluye una medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no
detectado, según lo establecido en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico
y Cultural de Extremadura.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
La actividad a desarrollar es la de una balsa de evaporación para el almacenamiento y la
eliminación mediante evaporación natural de los efluentes generados en la bodega de vinos. Esta balsa se va a usar para el vertido y posterior evaporación de las aguas generadas
en la bodega de vinos. Este producto no tiene ningún tipo de tratamiento solamente la
reducción del volumen por medio naturales mediante la evaporación del agua que contiene. También se ejecutará una solera de compostaje para fomentar el aprovechamiento de
subproductos que se generan en la bodega de vinos y los lodos procedentes de la balsa.
La balsa se construirá mediante excavación, terraplenado y extendido de tierras sobre el
terreno, utilizando los materiales excavados para la formación de los muros perimetrales
de cierre. En su construcción se incluirán elementos para asegurar su impermeabilización,
así como para detectar fugas o filtraciones accidentales. La generación de residuos no es