Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061408)
Resolución de 29 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de una planta de residuos de construcción y demolición y planta de hormigón, cuya promotora es Reciclados y Hormigones Cacho, SL, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA24/1088.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
20045
— Se instalarán sistemas que evite la dispersión de polvo y sólidos a la atmósfera. Se
dotará a la tolva con sistema antipolvo, las cintas transportadoras irán protegidas
por un carenado, en los silos se instalarán filtros de mangas, si fuera necesario se
cubrirán los acopios de material, se colocarán sistemas de riego para la humectación
de todas las superficies e instalaciones que sean posibles focos de emisión de polvo.
— Se extremarán las medidas de control en las operaciones de carga y descarga de todos los productos y materias primas. En los acopios y la tolva alimentadora de áridos
se dispondrá de sistemas adecuados para que se mantengan húmedos y se evite la
propagación de polvo.
— Se plantearán sistemas que eviten las emisiones de polvo procedentes de los equipos
y maquinaria. Se procederá al riego de las superficies generadoras de polvo siempre
que la actividad y las circunstancias meteorológicas así lo requieran.
— Los áridos se transportarán en la caja del camión siempre cubiertos por una malla
tupida asegurada, con objeto de impedir su vertido o su emisión a la atmósfera.
— Se señalizará la entrada y salida de camiones a la principal estructura viaria. Se tomarán las medidas necesarias (balsa de lavado, limpieza de ruedas) para evitar que
los vehículos arrastren materiales hacia las vías de comunicación.
— Se limitará la velocidad de todos los vehículos en las instalaciones a 20 km/h, con el
fin de evitar las emisiones de polvo.
— No se realizarán maniobras de mantenimiento de maquinaria en la zona de trabajo,
sino que deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (talleres autorizados), evitando los posibles vertidos accidentales.
— A las instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones
relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto 1890/2008, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01
a EA07.
— El ejercicio de la actividad se desarrollará con estricto cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación sectorial que resulte de aplicación.
— La DGS podrá efectuar cuantas inspecciones y comprobaciones considere necesarias
para comprobar el estado del suelo, así como para requerir a la promotora para que
lleve a cabo análisis del mismo, sin vinculación alguna al contenido de la documentación presentada o aportada por el titular de la instalación.
Lunes 14 de abril de 2025
20045
— Se instalarán sistemas que evite la dispersión de polvo y sólidos a la atmósfera. Se
dotará a la tolva con sistema antipolvo, las cintas transportadoras irán protegidas
por un carenado, en los silos se instalarán filtros de mangas, si fuera necesario se
cubrirán los acopios de material, se colocarán sistemas de riego para la humectación
de todas las superficies e instalaciones que sean posibles focos de emisión de polvo.
— Se extremarán las medidas de control en las operaciones de carga y descarga de todos los productos y materias primas. En los acopios y la tolva alimentadora de áridos
se dispondrá de sistemas adecuados para que se mantengan húmedos y se evite la
propagación de polvo.
— Se plantearán sistemas que eviten las emisiones de polvo procedentes de los equipos
y maquinaria. Se procederá al riego de las superficies generadoras de polvo siempre
que la actividad y las circunstancias meteorológicas así lo requieran.
— Los áridos se transportarán en la caja del camión siempre cubiertos por una malla
tupida asegurada, con objeto de impedir su vertido o su emisión a la atmósfera.
— Se señalizará la entrada y salida de camiones a la principal estructura viaria. Se tomarán las medidas necesarias (balsa de lavado, limpieza de ruedas) para evitar que
los vehículos arrastren materiales hacia las vías de comunicación.
— Se limitará la velocidad de todos los vehículos en las instalaciones a 20 km/h, con el
fin de evitar las emisiones de polvo.
— No se realizarán maniobras de mantenimiento de maquinaria en la zona de trabajo,
sino que deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (talleres autorizados), evitando los posibles vertidos accidentales.
— A las instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones
relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto 1890/2008, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01
a EA07.
— El ejercicio de la actividad se desarrollará con estricto cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación sectorial que resulte de aplicación.
— La DGS podrá efectuar cuantas inspecciones y comprobaciones considere necesarias
para comprobar el estado del suelo, así como para requerir a la promotora para que
lleve a cabo análisis del mismo, sin vinculación alguna al contenido de la documentación presentada o aportada por el titular de la instalación.