Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061408)
Resolución de 29 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de una planta de residuos de construcción y demolición y planta de hormigón, cuya promotora es Reciclados y Hormigones Cacho, SL, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA24/1088.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
20043
— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero,
de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones ni se superarán los objetivos de calidad
acústica ni los niveles de ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto
1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas.
— Para retranqueos, reposición o instalación de cerramientos, se deberá atender a lo
dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y
no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Badajoz y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en
estas materias.
b. M
edidas en fase de construcción.
— Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda
la superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
— Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.
— Se recuperará la tierra vegetal extraída en las operaciones de desbroce y despeje,
previamente a la cimentación. Este material se extenderá en zonas libres verdes.
— Será de obligado cumplimiento los requerimientos establecidos en el informe emitido
por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural descrito en el
punto 2.
c. Medidas en fase de explotación.
— Los camiones cargados con residuos serán recibidos en el acceso, después de una
inspección visual y documental, se comprueba que el residuo es el que se corresponde a los admisibles.
— En el caso que se cumplan las condiciones de admisibilidad se procede al pesaje en
la báscula y la anotación en el archivo cronológico.
— El área de descarga, cribado, triturado y de colocación de contenedores será una
zona hormigonada e impermeable que contará con cunetas perimetrales para la
recogida de las aguas pluviales que puedan entrar en contacto con el acopio de residuos. Estas cunetas estarán canalizadas hacia un foso de recogida de lixiviados.
Lunes 14 de abril de 2025
20043
— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero,
de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones ni se superarán los objetivos de calidad
acústica ni los niveles de ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto
1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas.
— Para retranqueos, reposición o instalación de cerramientos, se deberá atender a lo
dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y
no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Badajoz y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en
estas materias.
b. M
edidas en fase de construcción.
— Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda
la superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
— Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.
— Se recuperará la tierra vegetal extraída en las operaciones de desbroce y despeje,
previamente a la cimentación. Este material se extenderá en zonas libres verdes.
— Será de obligado cumplimiento los requerimientos establecidos en el informe emitido
por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural descrito en el
punto 2.
c. Medidas en fase de explotación.
— Los camiones cargados con residuos serán recibidos en el acceso, después de una
inspección visual y documental, se comprueba que el residuo es el que se corresponde a los admisibles.
— En el caso que se cumplan las condiciones de admisibilidad se procede al pesaje en
la báscula y la anotación en el archivo cronológico.
— El área de descarga, cribado, triturado y de colocación de contenedores será una
zona hormigonada e impermeable que contará con cunetas perimetrales para la
recogida de las aguas pluviales que puedan entrar en contacto con el acopio de residuos. Estas cunetas estarán canalizadas hacia un foso de recogida de lixiviados.