Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2025061453)
Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas del programa "PÓDIUM" correspondiente al año 2025.
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NÚMERO 72
20148
Lunes 14 de abril de 2025
Décimo séptimo. Publicidad de las subvenciones concedidas.
Las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ), con expresión de la
convocatoria, del programa de ayudas, del crédito presupuestario al que se imputan, de las
personas beneficiarias, de la cantidad concedida y de la finalidad de la subvención; de existir
financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, se incluirán también las menciones
de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Subvenciones
de la CAEX.
Asimismo, serán objeto de publicidad en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es/ ), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Décimo octavo. Aplicación de esta resolución.
La Dirección General Deportes adoptará las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución.
Décimo noveno. Eficacia y recursos.
El presente acto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y la de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acto de convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los
interesados interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación y al de
su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en los 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, los interesados podrán interponer cualesquiera otro recurso que
consideren pertinente.
Mérida, 28 de marzo de 2025.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
20148
Lunes 14 de abril de 2025
Décimo séptimo. Publicidad de las subvenciones concedidas.
Las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ), con expresión de la
convocatoria, del programa de ayudas, del crédito presupuestario al que se imputan, de las
personas beneficiarias, de la cantidad concedida y de la finalidad de la subvención; de existir
financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, se incluirán también las menciones
de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Subvenciones
de la CAEX.
Asimismo, serán objeto de publicidad en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es/ ), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Décimo octavo. Aplicación de esta resolución.
La Dirección General Deportes adoptará las medidas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución.
Décimo noveno. Eficacia y recursos.
El presente acto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y la de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acto de convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los
interesados interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación y al de
su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en los 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, los interesados podrán interponer cualesquiera otro recurso que
consideren pertinente.
Mérida, 28 de marzo de 2025.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO