Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025061401)
Resolución de 1 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de RCD, cuyo titular es Reciclados Extremeños, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025

20052

Se deberán establecer medidas preventivas y correctoras para minimizar la emisión difusa de polvo durante las operaciones de tratamiento de RCD’s. En el traslado de material, las bañeras de los camiones deberán ser cubiertas con toldos. Las zonas de tránsito
interior de vehículos deberán dotarse de riego periódico protocolizado para aminorar la
dispersión de polvo a la atmósfera.
5. I nfluencia respecto a <>, Red Natura 2000.
La Red Natura 2.000 establece como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) el establecido con n.° 30 Río Gévora bajo, midiéndose una distancia aproximada de unos 1.500m
desde la actividad hasta el cauce referenciado, aspecto a ser valorado por el respectivo
Organismo de Cuenca y la propia Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de
Extremadura.
Asimismo. al localizarse la actividad en zona incluida en la Red Natura 2.000. se redunda
la necesidad del trámite de evaluacion ambiental simplificada. En función de la aplicación
del Artículo 6.3 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 2 de mayo de 1.992. el Artículo
46.4. de la Ley 42/2007. del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y finalmente, el Artículo 82.2 de la Ley 16/2015, de Comunicación Ambiental”.
Octavo. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las alegaciones
u observaciones recabadas, así como los posibles efectos sinérgicos de la puesta en marcha
y funcionamiento de la instalación con otras que pudieran existir en su entorno, elaboró propuesta de resolución, y fue notificada el 6 de marzo de 2025, a Reciclados Extremeños, SL y
al Ayuntamiento de Badajoz para que, en un plazo máximo de diez días, manifestasen lo que
tuvieran por conveniente respecto a su contenido
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 7.1
del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.