Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025061401)
Resolución de 1 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de RCD, cuyo titular es Reciclados Extremeños, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
20059
5. L
os acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
6. L
as emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. N
o se autoriza la generación de vertidos de aguas residuales de ningún tipo por parte de
la actividad. Esto incluye los lixiviados que puedan producirse por percolación del agua de
lluvia en los residuos alamacenados.
2. E
n la zona de recepción, triaje, almacenamiento (LER17 09 04), que se realiza sobre suelo
hormigonado, se dispondrá de una zanja de drenaje en el perímetro de la plataforma hormigonada para la recogida de aguas pluviales y posibles vertidos. Estas aguas pasarán por
un separador de hidrocarburos con decantador. Periódicamente, al menos cada seis meses,
los lodos de este equipo serán retirados por gestor autorizado.
Tras el separador de hidrocarburos las aguas residuales se recogerán en una balsa de evaporación impermeabilizada. Periódicamente se limpiará esta balsa con medios apropiados
y los lodos resultantes de esta limpieza serán retirados por un gestor autorizado.
3. L
os residuos de cualquier tipología que puedan generar lixiviados se almacenaran en solera hormigonada o en contenedores cerrados e impermeables. Esto se aplica a todos los
residuos que se almacenen excepto aquellos (correspondientes a los códigos LER 17 01
01, 17 01 02 y 17 01 03) que por su naturaleza pétrea no sean susceptibles de generar
lixiviados contaminantes. La solera hormigonada dispondrá del mismo sistema de recogida
de aguas pluviales que la de la zona de recepción y triaje y serán conducidas al separador
y a la balsa de evaporación.
4. L
os residuos peligrosos se almacenarán en un contenedor cerrado específico para esos residuos sobre losa de hormigón impermeabilizada que irá dotada de una arqueta ciega para
la recogida de posibles vertidos. Este residuo será gestionado por gestor autorizado al igual
que los posibles vertidos accidentales.
5. L
as aguas sanitarias se verterán a una fosa séptica estanca. Los residuos generados serán
retirados por gestor autorizado.
6. A
l objeto de prevenir vertidos no autorizados, todos los residuos que contengan fluidos se
almacenarán sobre pavimento impermeable, cuyo diseño asegure la retención y recogida
de fugas de fluidos.
Lunes 14 de abril de 2025
20059
5. L
os acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
6. L
as emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. N
o se autoriza la generación de vertidos de aguas residuales de ningún tipo por parte de
la actividad. Esto incluye los lixiviados que puedan producirse por percolación del agua de
lluvia en los residuos alamacenados.
2. E
n la zona de recepción, triaje, almacenamiento (LER17 09 04), que se realiza sobre suelo
hormigonado, se dispondrá de una zanja de drenaje en el perímetro de la plataforma hormigonada para la recogida de aguas pluviales y posibles vertidos. Estas aguas pasarán por
un separador de hidrocarburos con decantador. Periódicamente, al menos cada seis meses,
los lodos de este equipo serán retirados por gestor autorizado.
Tras el separador de hidrocarburos las aguas residuales se recogerán en una balsa de evaporación impermeabilizada. Periódicamente se limpiará esta balsa con medios apropiados
y los lodos resultantes de esta limpieza serán retirados por un gestor autorizado.
3. L
os residuos de cualquier tipología que puedan generar lixiviados se almacenaran en solera hormigonada o en contenedores cerrados e impermeables. Esto se aplica a todos los
residuos que se almacenen excepto aquellos (correspondientes a los códigos LER 17 01
01, 17 01 02 y 17 01 03) que por su naturaleza pétrea no sean susceptibles de generar
lixiviados contaminantes. La solera hormigonada dispondrá del mismo sistema de recogida
de aguas pluviales que la de la zona de recepción y triaje y serán conducidas al separador
y a la balsa de evaporación.
4. L
os residuos peligrosos se almacenarán en un contenedor cerrado específico para esos residuos sobre losa de hormigón impermeabilizada que irá dotada de una arqueta ciega para
la recogida de posibles vertidos. Este residuo será gestionado por gestor autorizado al igual
que los posibles vertidos accidentales.
5. L
as aguas sanitarias se verterán a una fosa séptica estanca. Los residuos generados serán
retirados por gestor autorizado.
6. A
l objeto de prevenir vertidos no autorizados, todos los residuos que contengan fluidos se
almacenarán sobre pavimento impermeable, cuyo diseño asegure la retención y recogida
de fugas de fluidos.