Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025061496)
Extracto de la Resolución de 2 de abril de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 72
Lunes 14 de abril de 2025
19942
Segundo. Beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de mujeres, agrupaciones
de mujeres, federaciones de asociaciones de mujeres y fundaciones privadas de mujeres
sin ánimo de lucro para la realización de Proyectos de Intervención en materia de Violencia
de Género cuyas medidas a poner en marcha se centren en los Ejes 1, 5, 6, 7 y 8 recogidos en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en Diciembre de 2017 y
desglosados en el anexo I de la convocatoria.
2. L
as entidades deberán tener como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de
las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las entidades solicitantes deberán acreditar la inscripción en el Registro de Asociaciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria mediante certificado acreditativo expedido a tal
efecto. Las entidades que no dispongan de dicho certificado deberán acreditar la realización en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los últimos cinco años de al menos un
proyecto cuyo fin esté encuadrado dentro del objeto de las presentes ayudas y haya sido
subvencionado por la Junta de Extremadura, indicando el nombre del proyecto, coste del
mismo, importe de la subvención y órgano que le concedió la ayuda.
4. Las agrupaciones de asociaciones de mujeres deberán estar constituidas, al menos, por dos
asociaciones, entendiéndose que cada entidad que forme la unión asume los mismos compromisos en relación con la ejecución de la subvención y debiendo nombrar a una persona
representante o apoderada única de la agrupación, para cumplir con las obligaciones que,
como beneficiaria, corresponda a la unión. Además, cada una de las entidades que forman
parte de la unión deberán cumplir los requisitos establecidos en el resuelvo quinto así como
en los apartados 1, 2 y 4 del resuelvo sexto de la resolución de convocatoria.
5. E
n ningún caso podrán resultar beneficiarias aquellas entidades o asociaciones en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y
12.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en la Orden de 27 de
Julio de 2022, por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las
mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia
contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (DOE n.º
Lunes 14 de abril de 2025
19942
Segundo. Beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de mujeres, agrupaciones
de mujeres, federaciones de asociaciones de mujeres y fundaciones privadas de mujeres
sin ánimo de lucro para la realización de Proyectos de Intervención en materia de Violencia
de Género cuyas medidas a poner en marcha se centren en los Ejes 1, 5, 6, 7 y 8 recogidos en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en Diciembre de 2017 y
desglosados en el anexo I de la convocatoria.
2. L
as entidades deberán tener como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de
las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las entidades solicitantes deberán acreditar la inscripción en el Registro de Asociaciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria mediante certificado acreditativo expedido a tal
efecto. Las entidades que no dispongan de dicho certificado deberán acreditar la realización en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los últimos cinco años de al menos un
proyecto cuyo fin esté encuadrado dentro del objeto de las presentes ayudas y haya sido
subvencionado por la Junta de Extremadura, indicando el nombre del proyecto, coste del
mismo, importe de la subvención y órgano que le concedió la ayuda.
4. Las agrupaciones de asociaciones de mujeres deberán estar constituidas, al menos, por dos
asociaciones, entendiéndose que cada entidad que forme la unión asume los mismos compromisos en relación con la ejecución de la subvención y debiendo nombrar a una persona
representante o apoderada única de la agrupación, para cumplir con las obligaciones que,
como beneficiaria, corresponda a la unión. Además, cada una de las entidades que forman
parte de la unión deberán cumplir los requisitos establecidos en el resuelvo quinto así como
en los apartados 1, 2 y 4 del resuelvo sexto de la resolución de convocatoria.
5. E
n ningún caso podrán resultar beneficiarias aquellas entidades o asociaciones en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y
12.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en la Orden de 27 de
Julio de 2022, por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las
mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia
contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (DOE n.º