Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061362)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Soterramiento de línea aérea de media tensión "4846-06-La Codosera" y reubicación de los centros de transformación "Puerto Marbanejo (140104400)" y "Quinta del Café (903310099)"", a realizar en el término municipal de La Codosera (Badajoz), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA24/1700.
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NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025
19699
— Se procurará que las excavaciones no afecten a los niveles freáticos, así como también
se debe tener cuidado con no afectar a la zona de recarga de acuíferos.
— El suelo de la zona de depósito y acopio de materiales se deberá impermeabilizar para
evitar riesgos de infiltración y contaminación de aguas subterráneas, asegurando que
se eviten pérdidas por desbordamiento.
— Las superficies sobre las que se dispongan los residuos serán totalmente impermeables
para evitar afección a las aguas subterráneas.
b) Protección del suelo y la geomorfología.
— No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la presente evaluación. No
se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones ni compactaciones fuera
de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las instalaciones.
— Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación se procederá
a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras antes del inicio de
estas. Las áreas situadas fuera de las zonas delimitadas como zona de afección se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la maquinaria.
— Se utilizarán, siempre que sea posible, los caminos y accesos que existen en la actualidad, evitando la apertura de otros nuevos. Si esto no fuera posible, los movimientos de
tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
— En las zonas en las que sea necesario el movimiento de tierras, se retirará previamente
el substrato edáfico (tierra vegetal) para su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de áreas alteradas, por lo que deberán mantenerse sus cualidades mineralógicas y texturales esenciales, evitando su compactación. La retirada de la
tierra vegetal será progresiva de forma que se evite su erosión y se realizará fuera de
los períodos de lluvias. El almacenaje de las capas fértiles se realizará en cordones con
una altura inferior a 1,5-2,5 m, en zonas donde no exista compactación por el paso de
maquinaria.
— El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación previstas. La maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo
precise, y nunca con el terreno con exceso de humedad.
— Una vez finalizados los trabajos de instalación de la nueva línea eléctrica, se procederá
a la restauración de las zonas de actuación, lo que implicará la descompactación de los
Viernes 11 de abril de 2025
19699
— Se procurará que las excavaciones no afecten a los niveles freáticos, así como también
se debe tener cuidado con no afectar a la zona de recarga de acuíferos.
— El suelo de la zona de depósito y acopio de materiales se deberá impermeabilizar para
evitar riesgos de infiltración y contaminación de aguas subterráneas, asegurando que
se eviten pérdidas por desbordamiento.
— Las superficies sobre las que se dispongan los residuos serán totalmente impermeables
para evitar afección a las aguas subterráneas.
b) Protección del suelo y la geomorfología.
— No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la presente evaluación. No
se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones ni compactaciones fuera
de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las instalaciones.
— Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación se procederá
a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras antes del inicio de
estas. Las áreas situadas fuera de las zonas delimitadas como zona de afección se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la maquinaria.
— Se utilizarán, siempre que sea posible, los caminos y accesos que existen en la actualidad, evitando la apertura de otros nuevos. Si esto no fuera posible, los movimientos de
tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
— En las zonas en las que sea necesario el movimiento de tierras, se retirará previamente
el substrato edáfico (tierra vegetal) para su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de áreas alteradas, por lo que deberán mantenerse sus cualidades mineralógicas y texturales esenciales, evitando su compactación. La retirada de la
tierra vegetal será progresiva de forma que se evite su erosión y se realizará fuera de
los períodos de lluvias. El almacenaje de las capas fértiles se realizará en cordones con
una altura inferior a 1,5-2,5 m, en zonas donde no exista compactación por el paso de
maquinaria.
— El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación previstas. La maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo
precise, y nunca con el terreno con exceso de humedad.
— Una vez finalizados los trabajos de instalación de la nueva línea eléctrica, se procederá
a la restauración de las zonas de actuación, lo que implicará la descompactación de los