Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061370)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM) y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el acceso telemático a los informes médicos de los expedientes administrativos del INSS y del ISM por parte de los servicios públicos de salud.
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NÚMERO 71

19480

Viernes 11 de abril de 2025

EXPONEN
Primero. Naturaleza y capacidad jurídica de los firmantes.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina son Entidades
Gestoras de la Seguridad Social, encuadradas en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, y tienen naturaleza de entidad de derecho público y capacidad jurídica para el
cumplimiento de los fines que les están encomendados, según el artículo 68 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas forman parte del Sistema Nacional de
Salud conforme a la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
Al amparo de las previsiones constitucionales y su propio Estatuto de Autonomía, y sobre la
base de las disposiciones de la mencionada Ley 14/1986, de 24 de abril, la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del Real Decreto 1477/2001, de 27 de diciembre, asume
competencias en materia de sanidad para la prestación de asistencia sanitaria y servicios de
la Seguridad Social.
Segundo. Competencias de los firmantes.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, como entidad gestora de la Seguridad Social,
tiene competencias para gestionar y controlar la prestación de incapacidad temporal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 2583/1996, de estructura orgánica
y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y a su vez, de acuerdo con el artículo
1 del Real Decreto 1300/1995, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales
del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales,
administrativas y de orden social, el INSS tiene competencias para evaluar, calificar y revisar
la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas contributivas de la Seguridad Social por incapacidad permanente, en sus distintos grados, así como determinar las
contingencias causantes de la misma.
El Instituto Social de la Marina, conforme al Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, tiene atribuida la gestión,