Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061369)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2025.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025
19461
• Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el presente convenio.
• Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos
los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
• Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
• Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el presente convenio.
• Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Quinta. Ejecución del proyecto y forma de justificar.
1. L
a fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2025, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de
este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de abril de 2025.
2. L
a justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio será
única y final y se podrá presentar hasta el 1 de marzo de 2026. En cuanto, a la forma de
justificar la ejecución de las actuaciones, deberá realizarse conforme a lo recogido en las
instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
3. L
a Fundación CCMIJU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada
para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio. En todo caso, dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de
las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
convenio.
Asimismo, deberán conservar todos los documentos justificativos según se establece en las
instrucciones recogidas en el Anexo II del presente convenio, estarán a disposición de la
Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero durante un plazo de 5 años a
partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al
beneficiario.
Viernes 11 de abril de 2025
19461
• Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el presente convenio.
• Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos
los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
• Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
• Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el presente convenio.
• Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Quinta. Ejecución del proyecto y forma de justificar.
1. L
a fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2025, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de
este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de abril de 2025.
2. L
a justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio será
única y final y se podrá presentar hasta el 1 de marzo de 2026. En cuanto, a la forma de
justificar la ejecución de las actuaciones, deberá realizarse conforme a lo recogido en las
instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
3. L
a Fundación CCMIJU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada
para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio. En todo caso, dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de
las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
convenio.
Asimismo, deberán conservar todos los documentos justificativos según se establece en las
instrucciones recogidas en el Anexo II del presente convenio, estarán a disposición de la
Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero durante un plazo de 5 años a
partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al
beneficiario.