Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061369)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 71

19465

Viernes 11 de abril de 2025

— La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra,
de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la
parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días
para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Duodécima. Información y publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de
esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación,
información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas
en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
Decimotercera. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2. a) de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se
encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa para él,
por la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho
administrativo que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para
la formalización del contrato a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de la
actuación, deberá estar sujeto a la aplicación estricta de dicha Ley de Contratos del Sector
Público, así como a la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente
responsable en Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula séptima de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio
El Consejero de Economía, Empleo y
Transformación Digital

El Director Gerente de la Fundación Centro
de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón

PA Resolución de 10 de agosto de 2023
(DOE núm. 157, de 16 de agosto)

JORGE LEAL VÁZQUEZ

El Secretario General
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN