Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061350)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la realización del Plan de Internacionalización y Financiación a la I+D+i Empresarial para el periodo 2023-2024.
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NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025

19436

Para la ejecución de las actividades derivadas del convenio que ahora se prorroga para el
ejercicio de 2025, se prevé una dotación económica de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS
(350.000 €), que se imputarán con cargo al proyecto de gasto citado.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional realizará las actuaciones de
coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión e inspección de todas
las actividades y tareas que en el ámbito de este Plan sean desarrollados por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Quinta. Condiciones para el pago y obligaciones justificación.
Se modifica la cláusula quinta del Convenio, que quedará redactada con el siguiente contenido:
Condiciones para el pago: La transferencia específica que se instrumenta a través de este
convenio tendrá una duración plurianual, pudiendo imputarse a la misma gastos y pagos
derivados de las actuaciones que en este convenio se recogen y que se hayan devengado
entre la fecha de 1 de abril de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, además del coste
correspondiente salarios, Seguridad Social a cargo de la empresa y retenciones por IRPF correspondiente a las personas trabajadoras imputadas al proyecto, que habiéndose devengado
durante el mes de diciembre de 2025, se hayan abonado a las personas trabajadoras o se
hayan ingresado a favor de los organismos competentes durante el período voluntario para
su recaudación durante 2026.
Los pagos que se realicen con cargo a esta transferencia se harán efectivos de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que
se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2005, de acuerdo con las reglas que se establecen a continuación:
• El pago anual del crédito previsto en este convenio a favor de la empresa pública se
realizará mediante cuatro abonos trimestrales, correspondientes cada uno al 25% del
importe previsto para cada ejercicio. El primer pago de cada anualidad tendrá la naturaleza de pago anticipado en tanto que el resto de los pagos que se realicen tendrán la
consideración de un pago a cuenta. Con carácter general y a reserva de las reglas que se
indican en los siguientes apartados, el abono del anticipo se realizará en el primer mes
del trimestre natural de cada anualidad, mientras los pagos a cuenta se realizarán en el
primer mes de cada uno de los trimestres naturales.