Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061350)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la realización del Plan de Internacionalización y Financiación a la I+D+i Empresarial para el periodo 2023-2024.
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NÚMERO 71

19434

Viernes 11 de abril de 2025

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un año la vigencia del convenio que suscribieron, con fecha de 29 de diciembre de 2023, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
mediante el cual se instrumenta una transferencia específica de carácter plurianual a favor
de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la realización del
Plan de Internacionalización y Financiación a la I+D+i Empresarial (en adelante el Convenio
y el Plan de Internacionalización) y establecer las modificaciones puntuales necesarias, en
coherencia con el nuevo periodo de vigencia de dicho convenio.
Segunda. Título del convenio.
Se modifica el título del Convenio, que pasa a denominarse: Convenio por el que se formaliza
una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la realización del Plan de Internacionalización y Financiación a LA I+D+I Empresarial.
Tercera. Régimen comunitario de ayudas.
Se da nueva redacción a la cláusula tercera del Convenio (RÉGIMEN COMUNITARIO DE AYUDAS), que tendrá el siguiente contenido:
Las actividades que se realicen en desarrollo de los Programas “Llegando a Europa” y “Misiones Tecnológicas” de la actuación 3 “Internacionalización de la I+D+I Empresarial” tendrán la
consideración de subvención en especie y se llevarán a cabo mediante un procedimiento de
concurrencia competitiva, en convocatoria pública y con arreglo a los criterios de valoración
establecidos en las correspondientes bases reguladoras. La ejecución de estas actividades
estará condicionada a la previa aprobación y publicación de las bases reguladoras que deben
regir la selección de los proyectos financiables.
La ayuda no financiera que reciban las empresas que resulten beneficiarias de los servicios
que preste la empresa pública en la ejecución de actuaciones del Programa “Llegando a Europa” se encuentran acogidas al artículo 28.4 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión
de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles
con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Por su parte, la