Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario. (2025061377)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
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NÚMERO 71
19613
Viernes 11 de abril de 2025
g) Domicilios declarados y sus modificaciones.
h) Comprobación de los requisitos para el disfrute de la exención o reducción en base del
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte por adquisición de vehículos por personas con discapacidad y familias numerosas.
3.2. COLABORACIÓN CON LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO DE LA SECRETARÍA DE
ESTADO DE HACIENDA.
Se continuará realizando la labor de comunicación y colaboración con la Dirección General
del Catastro en el seno de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del Convenio
con la finalidad de intercambiar información sobre la valoración de bienes inmuebles y la
implementación del valor de referencia.
3.3. COLABORACIÓN CON LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE RECAUDACIÓN.
Se continuará realizando la labor de comunicación y colaboración con las Diputaciones de
Cáceres y Badajoz en el marco de las previsiones contenidas en los convenios de recaudación para la mejor y más eficaz tramitación de los expedientes gestionados al amparo de
estos.
3.4. COLABORACIÓN CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR.
Se continuará realizando la labor de comunicación y colaboración con la Dirección General
de Tráfico, adscrita al Ministerio del Interior, en el marco del Convenio para el intercambio
de información de datos del registro de vehículos formalizado entre la Jefatura Central de
Tráfico y la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.5. COLABORACIÓN CON OTROS COLECTIVOS SOCIALES.
Se mantendrá y potenciará la colaboración con colegios y asociaciones de profesionales
del ámbito fiscal, mediante la suscripción de convenios de colaboración, con el objeto de
facilitar a los contribuyentes la presentación y el pago por vía telemática de las autoliquidaciones tributarias.
Mérida, 3 de abril de 2025.
La Directora General de Tributos,
FÁTIMA PABLOS MATEOS
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19613
Viernes 11 de abril de 2025
g) Domicilios declarados y sus modificaciones.
h) Comprobación de los requisitos para el disfrute de la exención o reducción en base del
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte por adquisición de vehículos por personas con discapacidad y familias numerosas.
3.2. COLABORACIÓN CON LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO DE LA SECRETARÍA DE
ESTADO DE HACIENDA.
Se continuará realizando la labor de comunicación y colaboración con la Dirección General
del Catastro en el seno de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del Convenio
con la finalidad de intercambiar información sobre la valoración de bienes inmuebles y la
implementación del valor de referencia.
3.3. COLABORACIÓN CON LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE RECAUDACIÓN.
Se continuará realizando la labor de comunicación y colaboración con las Diputaciones de
Cáceres y Badajoz en el marco de las previsiones contenidas en los convenios de recaudación para la mejor y más eficaz tramitación de los expedientes gestionados al amparo de
estos.
3.4. COLABORACIÓN CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR.
Se continuará realizando la labor de comunicación y colaboración con la Dirección General
de Tráfico, adscrita al Ministerio del Interior, en el marco del Convenio para el intercambio
de información de datos del registro de vehículos formalizado entre la Jefatura Central de
Tráfico y la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.5. COLABORACIÓN CON OTROS COLECTIVOS SOCIALES.
Se mantendrá y potenciará la colaboración con colegios y asociaciones de profesionales
del ámbito fiscal, mediante la suscripción de convenios de colaboración, con el objeto de
facilitar a los contribuyentes la presentación y el pago por vía telemática de las autoliquidaciones tributarias.
Mérida, 3 de abril de 2025.
La Directora General de Tributos,
FÁTIMA PABLOS MATEOS
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