Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061332)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de riego 92/96, pasando de 91,6902 ha a 104,2911 ha en la finca El Rincón, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA21/0180.
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NÚMERO 70
Jueves 10 de abril de 2025



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C.2.6. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.

La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos
orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros). Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno mediante el cumplimiento de toda la normativa relativa
a ruidos. La contaminación lumínica es mínima o inexistente.


C.2.7. Patrimonio arqueológico y dominio público.

En cuanto al patrimonio cultural, según los datos recogidos en la Carta Arqueológica de
Extremadura no hay yacimientos arqueológicos en la zona de actuación. No obstante,
si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
los promotores y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los
trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
En relación al dominio público hidráulico (DPH), como ya se ha indicado anteriormente,
parte de la superficie de riego se ubica dentro de la zona Regable Centro, adyacente
al canal de las Dehesas. Las infraestructuras contempladas en el proyecto afectarían a
los cauces arroyo Carbonilla, arroyo Cachán y arroyo del Alcornocal, los cuales constituyen el DPH del Estado. En este sentido, se establecen obligaciones de solicitud de
autorizaciones previas para aquellas obras que se realicen en el DPH y sus zonas de
servidumbre o policía.


C.2.8. Consumo de recursos y cambio climático.

El principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, que proviene de una toma del Canal de las Dehesas (río
Guadiana), con un consumo anual total de agua de 587.577,41 m³/año.
Como ya se ha indicado en el anterior apartado C.2.3 Sistema hidrológico y calidad de
las aguas, la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana en su informe estima que existirían recursos hídricos suficientes para el otor-