Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061335)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la colaboración, intercambio de información y la coordinación de actuaciones, en relación con la implantación de un aeródromo en la ciudad de Cáceres.
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NÚMERO 70
Jueves 10 de abril de 2025
19153
b) Emitir informe previo en la tramitación de cualquier procedimiento de autorización,
licencia o similar, solicitada al Ayuntamiento, sobre la/s parcela/s referida/s en el segundo párrafo de la letra a) de las obligaciones del Ayuntamiento anterior, que pudiera
afectar al destino previsto.
Esta obligación se mantendrá hasta que las partes acuerden una ubicación viable de
forma definitiva para su tramitación y ejecución.
c) Elaborar un estudio de las previsiones, temporalización y/o calendarización de la ejecución del proyecto.
d) Colaborar en la gestión de las necesidades del proyecto, a través de la intervención y
puesta a disposición de los medios y recursos de la Consejería.
e) R
ealizar cuantas otras sean consideradas de interés mutuo y necesarias para la consecución del objeto del presente Convenio.
3. A
mbas partes concretarán mediante acuerdos a propuesta de la Comisión de Seguimiento,
durante el plazo de vigencia del Convenio incluidas sus prórrogas, el contenido específico
de las actividades que han de ser realizadas al amparo de las obligaciones de las partes
descritas en la presente cláusula, así como su plazo concreto de ejecución hasta la finalización y puesta en funcionamiento del aeródromo, que se incorporarán como Anexos del
Convenio.
Tercera. Convenios específicos.
Para el desarrollo del presente convenio de colaboración las partes podrán formalizar otros
convenios específicos o instrumentos que proponga la Comisión de Seguimiento prevista en
la cláusula cuarta, suscritos por la Administración que ostente las competencias por razón de
la materia referida al establecimiento del aeródromo, dando lugar a la ejecución de colaboraciones concretas.
Los convenios específicos que se celebren en ejecución del objeto convenido se regirán por
la normativa que les sea propia y producirán lo efectos pretendidos por las partes que los
suscriban.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Una vez suscrito el Convenio, las partes constituirán una Comisión de Seguimiento, Vigilancia
y Control a la que corresponde velar por el correcto desarrollo y ejecución de lo dispuesto en
este convenio, resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en relación con la aplicación del convenio, impulsar la adopción de las medidas y acciones
Jueves 10 de abril de 2025
19153
b) Emitir informe previo en la tramitación de cualquier procedimiento de autorización,
licencia o similar, solicitada al Ayuntamiento, sobre la/s parcela/s referida/s en el segundo párrafo de la letra a) de las obligaciones del Ayuntamiento anterior, que pudiera
afectar al destino previsto.
Esta obligación se mantendrá hasta que las partes acuerden una ubicación viable de
forma definitiva para su tramitación y ejecución.
c) Elaborar un estudio de las previsiones, temporalización y/o calendarización de la ejecución del proyecto.
d) Colaborar en la gestión de las necesidades del proyecto, a través de la intervención y
puesta a disposición de los medios y recursos de la Consejería.
e) R
ealizar cuantas otras sean consideradas de interés mutuo y necesarias para la consecución del objeto del presente Convenio.
3. A
mbas partes concretarán mediante acuerdos a propuesta de la Comisión de Seguimiento,
durante el plazo de vigencia del Convenio incluidas sus prórrogas, el contenido específico
de las actividades que han de ser realizadas al amparo de las obligaciones de las partes
descritas en la presente cláusula, así como su plazo concreto de ejecución hasta la finalización y puesta en funcionamiento del aeródromo, que se incorporarán como Anexos del
Convenio.
Tercera. Convenios específicos.
Para el desarrollo del presente convenio de colaboración las partes podrán formalizar otros
convenios específicos o instrumentos que proponga la Comisión de Seguimiento prevista en
la cláusula cuarta, suscritos por la Administración que ostente las competencias por razón de
la materia referida al establecimiento del aeródromo, dando lugar a la ejecución de colaboraciones concretas.
Los convenios específicos que se celebren en ejecución del objeto convenido se regirán por
la normativa que les sea propia y producirán lo efectos pretendidos por las partes que los
suscriban.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Una vez suscrito el Convenio, las partes constituirán una Comisión de Seguimiento, Vigilancia
y Control a la que corresponde velar por el correcto desarrollo y ejecución de lo dispuesto en
este convenio, resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en relación con la aplicación del convenio, impulsar la adopción de las medidas y acciones