Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061336)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y el Instituto de la Juventud de Extremadura sobre la realización de programas dirigidos a la juventud y a la dinamización en la ciudad de Cáceres.
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NÚMERO 70
Jueves 10 de abril de 2025
19162
Tercera. Obligaciones del Instituto de la Juventud de Extremadura.
El Instituto de la Juventud de Extremadura designará a un técnico para realizar las distintas
actuaciones, de acompañamiento y refuerzo a la colaboración entre Administraciones, que
girarán en torno a:
a) Identificación de las necesidades y potencialidades de Cáceres en relación con la prestación de servicios a la Juventud con vistas a elaborar propuestas de mejora al Instituto
de la Juventud de Extremadura.
b) Apoyo en las labores de análisis de necesidades, implantación de mejoras derivadas de
las labores de análisis de la Ciudad de Cáceres.
c) Análisis de las actuales necesidades que presenta la red para convertirse en una herramienta eficaz que satisfaga las demandas de las personas jóvenes extremeñas que
habiten en la localidad de Cáceres sobre sus necesidades de emancipación, formación,
participación social, culturales, de ocio y cualquiera de las inquietudes que presentan
como colectivo.
El personal técnico se dedicará a la prestación en el ECJ de Cáceres de labores de dinamización e información juvenil, puesta en marcha de proyectos europeos, tendrá vinculación
laboral, económica y orgánica con el Instituto de la Juventud de Extremadura. En ningún caso
existirá dependencia jerárquica ni funcional con el Ayuntamiento.
Independientemente de las obligaciones del Ayuntamiento de Cáceres de proveer los servicios
esenciales y material fungible, el IJEX tendrá a su cargo proveer de los equipos y sistemas informáticos a disposición del personal técnico para llevar a cabo las funciones de dinamización.
Cuarta. Seguimiento del Convenio.
Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento que se
encargará de velar por el cumplimiento de las condiciones aquí contempladas y por la correcta ejecución de las actuaciones propuestas y adoptará, en su caso, las medidas que estime
adecuadas para su desarrollo.
En este sentido, el Ayuntamiento de Cáceres y el Instituto de la Juventud de Extremadura
designarán a dos Representantes cada una de ellas, que llevarán a cabo la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del presente convenio. La Comisión será
presidida por la persona titular de la Jefatura de Gestión del IJEX o persona en quien delegue,
que ejercerá la presidencia, que, a los efectos de adoptar acuerdos, dirimirá con su voto los
posibles empates. Actuará como secretario de la Comisión uno de los representantes designados por el Ayuntamiento.
Jueves 10 de abril de 2025
19162
Tercera. Obligaciones del Instituto de la Juventud de Extremadura.
El Instituto de la Juventud de Extremadura designará a un técnico para realizar las distintas
actuaciones, de acompañamiento y refuerzo a la colaboración entre Administraciones, que
girarán en torno a:
a) Identificación de las necesidades y potencialidades de Cáceres en relación con la prestación de servicios a la Juventud con vistas a elaborar propuestas de mejora al Instituto
de la Juventud de Extremadura.
b) Apoyo en las labores de análisis de necesidades, implantación de mejoras derivadas de
las labores de análisis de la Ciudad de Cáceres.
c) Análisis de las actuales necesidades que presenta la red para convertirse en una herramienta eficaz que satisfaga las demandas de las personas jóvenes extremeñas que
habiten en la localidad de Cáceres sobre sus necesidades de emancipación, formación,
participación social, culturales, de ocio y cualquiera de las inquietudes que presentan
como colectivo.
El personal técnico se dedicará a la prestación en el ECJ de Cáceres de labores de dinamización e información juvenil, puesta en marcha de proyectos europeos, tendrá vinculación
laboral, económica y orgánica con el Instituto de la Juventud de Extremadura. En ningún caso
existirá dependencia jerárquica ni funcional con el Ayuntamiento.
Independientemente de las obligaciones del Ayuntamiento de Cáceres de proveer los servicios
esenciales y material fungible, el IJEX tendrá a su cargo proveer de los equipos y sistemas informáticos a disposición del personal técnico para llevar a cabo las funciones de dinamización.
Cuarta. Seguimiento del Convenio.
Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento que se
encargará de velar por el cumplimiento de las condiciones aquí contempladas y por la correcta ejecución de las actuaciones propuestas y adoptará, en su caso, las medidas que estime
adecuadas para su desarrollo.
En este sentido, el Ayuntamiento de Cáceres y el Instituto de la Juventud de Extremadura
designarán a dos Representantes cada una de ellas, que llevarán a cabo la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del presente convenio. La Comisión será
presidida por la persona titular de la Jefatura de Gestión del IJEX o persona en quien delegue,
que ejercerá la presidencia, que, a los efectos de adoptar acuerdos, dirimirá con su voto los
posibles empates. Actuará como secretario de la Comisión uno de los representantes designados por el Ayuntamiento.