Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Montes. (2025061364)
Resolución de 2 de abril de 2025, del Consejero, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz del monte con n.º 73 "Dehesa Boyal o de Enmedio", sito en el término municipal de Almendral, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública del mismo y su inclusión en aquel catálogo.
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NÚMERO 70
19353
Jueves 10 de abril de 2025
Séptimo. Es competente para dictar esta Resolución el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 36 y 92.4 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 35, de 26 de marzo), y, particularmente, en el artículo 231.3 de la Ley
6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura (DOE núm. 59, de 26 de marzo), en relación
con lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio).
Por todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en el ordenamiento
jurídico vigente,
RESUELVO:
Primero. Ordenar que se dé cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en
su sesión de fecha 25 de marzo de 2025, por el que se resolvió declarar de utilidad pública e
incluir el monte “Dehesa de Boyal o de Enmedio” en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública
de la provincia de Badajoz, sito en el término municipal de Almendral y propiedad de dicho
municipio.
Para ello, dispongo que desde la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de esta
Consejería se inscriba el monte “Dehesa Boyal o de Enmedio” en el Catálogo de Montes de
Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, con los siguientes datos definitivos:
— Provincia: Badajoz.
— Partido Judicial: Olivenza.
— Término municipal: Almendral.
— Denominación: “Dehesa Boyal o de Enmedio”.
— Número con el que debe ser incluido en el Catálogo: 73.
— Pertenencia: Municipio de Almendral.
— Superficie total: 256,822 ha.
— Superficie pública: 256,822 ha.
— Enclavados: No constan.
— Límites:
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Jueves 10 de abril de 2025
Séptimo. Es competente para dictar esta Resolución el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 36 y 92.4 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 35, de 26 de marzo), y, particularmente, en el artículo 231.3 de la Ley
6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura (DOE núm. 59, de 26 de marzo), en relación
con lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio).
Por todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en el ordenamiento
jurídico vigente,
RESUELVO:
Primero. Ordenar que se dé cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en
su sesión de fecha 25 de marzo de 2025, por el que se resolvió declarar de utilidad pública e
incluir el monte “Dehesa de Boyal o de Enmedio” en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública
de la provincia de Badajoz, sito en el término municipal de Almendral y propiedad de dicho
municipio.
Para ello, dispongo que desde la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de esta
Consejería se inscriba el monte “Dehesa Boyal o de Enmedio” en el Catálogo de Montes de
Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, con los siguientes datos definitivos:
— Provincia: Badajoz.
— Partido Judicial: Olivenza.
— Término municipal: Almendral.
— Denominación: “Dehesa Boyal o de Enmedio”.
— Número con el que debe ser incluido en el Catálogo: 73.
— Pertenencia: Municipio de Almendral.
— Superficie total: 256,822 ha.
— Superficie pública: 256,822 ha.
— Enclavados: No constan.
— Límites: