Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Colaboración Económica Municipal. (2025061368)
Resolución de 4 de abril de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 1 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo 2025.
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NÚMERO 68
18658
Martes 8 de abril de 2025
DETALLE POR ANUALIDAD DEL IMPORTE A TRANSFERIR
A. PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2025 ANUALIDAD 2026
IMPORTE TOTAL A
TRANSFERIR
14013 G/242A/460.00 42.753.410,00 €
8.310.590,00 €
51.064.000,00 €
Total general
8.310.590,00 €
51.064.000,00 €
42.753.410,00 €
2. E
l pago de la transferencia a las entidades incluidas en el anexo “Distribución de fondos”
de este acuerdo se hará mediante tres resoluciones de la persona titular de la Dirección
Gerencia, con cargo a las anualidades, aplicaciones presupuestarias y proyectos de gastos
indicados. Cada resolución determinará las entidades locales destinatarias y la cuantía individual que corresponda a cada una de ellas, conforme a los criterios de distribución previstos en el resuelvo tercero de este acuerdo, en base a los siguientes devengos e importes:
a) Un primer abono, en 2025, por la cantidad de global de 21.376.705,00 euros con cargo
a las aplicaciones presupuestarias indicadas, dentro de los 3 meses siguientes a la publicación del presente acuerdo.
b) Un segundo pago, en 2025, que se realizarán en los 6 meses siguientes a la publicación
del presente acuerdo, respectivamente, por la cantidad global de 21.376.705,00, con
cargo a las aplicaciones presupuestarias indicadas.
c) Un último abono en 2026, correspondiente a la totalidad del importe a transferir en dicha anualidad, por la cantidad global de 8.310.590,00 euros con cargo a las aplicaciones
presupuestarias indicadas, en el primer trimestre del ejercicio presupuestario 2026.
No obstante, sin perjuicio de lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales para la
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogada para el ejercicio 2025, así
como en el presente acuerdo, a efectos de asegurar la gestión eficiente de la Tesorería
de la Comunidad Autónoma como consecuencia de la existencia de suficientes disponibilidades líquidas, el órgano directivo competente en materia de Tesorería podrá instar al
Servicio Extremeño Público de Empleo a la ejecución en uno o varios libramientos a favor
de las entidades locales.
Quinto. Destino de las transferencias.
1. A
través del presente programa, se financiará la contratación de personas desempleadas
demandantes de empleo para la realización de actuaciones que sean de la competencia de
las Entidades Locales y que sean ejecutadas en régimen de administración directa.
18658
Martes 8 de abril de 2025
DETALLE POR ANUALIDAD DEL IMPORTE A TRANSFERIR
A. PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2025 ANUALIDAD 2026
IMPORTE TOTAL A
TRANSFERIR
14013 G/242A/460.00 42.753.410,00 €
8.310.590,00 €
51.064.000,00 €
Total general
8.310.590,00 €
51.064.000,00 €
42.753.410,00 €
2. E
l pago de la transferencia a las entidades incluidas en el anexo “Distribución de fondos”
de este acuerdo se hará mediante tres resoluciones de la persona titular de la Dirección
Gerencia, con cargo a las anualidades, aplicaciones presupuestarias y proyectos de gastos
indicados. Cada resolución determinará las entidades locales destinatarias y la cuantía individual que corresponda a cada una de ellas, conforme a los criterios de distribución previstos en el resuelvo tercero de este acuerdo, en base a los siguientes devengos e importes:
a) Un primer abono, en 2025, por la cantidad de global de 21.376.705,00 euros con cargo
a las aplicaciones presupuestarias indicadas, dentro de los 3 meses siguientes a la publicación del presente acuerdo.
b) Un segundo pago, en 2025, que se realizarán en los 6 meses siguientes a la publicación
del presente acuerdo, respectivamente, por la cantidad global de 21.376.705,00, con
cargo a las aplicaciones presupuestarias indicadas.
c) Un último abono en 2026, correspondiente a la totalidad del importe a transferir en dicha anualidad, por la cantidad global de 8.310.590,00 euros con cargo a las aplicaciones
presupuestarias indicadas, en el primer trimestre del ejercicio presupuestario 2026.
No obstante, sin perjuicio de lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales para la
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogada para el ejercicio 2025, así
como en el presente acuerdo, a efectos de asegurar la gestión eficiente de la Tesorería
de la Comunidad Autónoma como consecuencia de la existencia de suficientes disponibilidades líquidas, el órgano directivo competente en materia de Tesorería podrá instar al
Servicio Extremeño Público de Empleo a la ejecución en uno o varios libramientos a favor
de las entidades locales.
Quinto. Destino de las transferencias.
1. A
través del presente programa, se financiará la contratación de personas desempleadas
demandantes de empleo para la realización de actuaciones que sean de la competencia de
las Entidades Locales y que sean ejecutadas en régimen de administración directa.