Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Adjudicación De Destinos. (2025061359)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se regula el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas aspirantes seleccionadas a plazas vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las categorías de Bombero/a Forestal Coordinador/a y Bombero/a Forestal Conductor/a en los procesos selectivos convocados en el marco de los procesos de estabilización, por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 68
18504
Martes 8 de abril de 2025
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada
a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese
y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación
del contrato temporal.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 3 de abril de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO
18504
Martes 8 de abril de 2025
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada
a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese
y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación
del contrato temporal.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 3 de abril de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO