Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025061282)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliar de Servicios (Medios Audiovisuales), mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 68
Martes 8 de abril de 2025

18518

6.1.2.3. Superación de la fase de oposición de la convocatoria anterior del mismo
Cuerpo/Escala y misma especialidad de la Universidad de Extremadura: 2 puntos.
7. C
 alendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición.
7.1. El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará a partir del mes de mayo, determinándose en la resolución que se indica en la base 4.3 el lugar y la fecha de su
realización.
7.2 El anuncio de celebración de los restantes ejercicios no será objeto de publicación en
el Diario Oficial de Extremadura y se efectuará a través de las resoluciones del Tribunal calificador en las que se hagan públicas las relaciones de aprobados del ejercicio
anterior.
7.3. El orden de actuación de las personas aspirantes para la realización de las diferentes
pruebas se iniciará por el candidato o candidata cuyo primer apellido comience por la
letra resultante del sorteo realizado por la Dirección General de la Función Pública de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado a través de anuncio en el Diario
Oficial de Extremadura.


En aquellas pruebas que, por su número de aspirantes, sea necesario establecer distintos turnos de actuación, los mismos se establecerán alfabéticamente, iniciándose
por la primera persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra resultante
del sorteo referido en el párrafo anterior.

7.4. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
7.5. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidas de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de
que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada propondrá
su exclusión al Rector o Rectora de la Universidad de Extremadura, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7.7. C
 orresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran
surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.