Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2025061333)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a artistas visuales para el año 2025.
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NÚMERO 68

18706

Martes 8 de abril de 2025

Tercero. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 32/2017, de 28 de marzo de
2017, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas visuales, y en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de desarrollo.
Cuarto. Cuantía.
1. La cuantía de las ayudas será la solicitada por las personas interesadas, si bien la cuantía
máxima de las mismas no podrá superar los 5.000 euros por actividad subvencionada.
2. La cuantía total presupuestada asciende a 40.000 euros con cargo a la Aplicación Presupuestaria 150020000 G/272C/470, proyecto 20170020, con una dotación inicial para la
anualidad de 2025 de cuarenta mil euros (40.000 €).
3. Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, recibiendo subvención aquellos proyectos o actividades que obtengan
un mayor número de puntos, por la totalidad del importe solicitado, y con las limitaciones
indicadas en el presente artículo y hasta agotar el crédito presupuestado para tal fin.
4. U
 n artista sólo podrá ser beneficiario de una ayuda por convocatoria “tal y como se establece en el artículo 5.2 del Decreto 32/2017, de 28 de marzo, por el que se establece el
régimen de ayudas a artistas visuales.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 25 de marzo de 2025.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO

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