Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2025040041)
Decreto 21/2025, de 1 de abril, por el que se declara Proyecto Empresarial de Interés Autonómico al proyecto presentado por la empresa Dehesa El Espadañal, SL, para la puesta en marcha de un complejo hotelero de nivel premium, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 67

18280

Lunes 7 de abril de 2025

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.5 la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, con
fecha 24 de enero de 2025, se ha dado audiencia al Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
El 4 de febrero de 2025, se recibe respuesta de este Ayuntamiento, conforme a la cual no se
muestra impedimento alguno en el proyecto de ejecución presentado por Dehesa El Espadañal, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata, siempre que se ejecute dentro de
los términos legalmente establecidos y previa obtención de las licencias o en su caso, autorizaciones correspondientes.
Una vez realizado el análisis por parte del Grupo de Trabajo, en sesión plenaria de la Unidad
de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico celebrada el 11 de febrero de 2025 se
elaboró informe favorable para la obtención del calificativo solicitado por la citada empresa.
En dicha sesión, según consta en acta, se aclara que: “(..) aunque inicialmente la documentación presentada por parte de los promotores describe dos actividades a desarrollar,
un complejo hotelero de nivel premium y un asentamiento rústico residencial de viviendas
individuales (cortijos), sólo es objeto de la calificación PREMIA la parte del complejo hotelero,
quedando excluida de la calificación la parte de asentamiento rústico residencial (cortijos),
por estar la actividad inmobiliaria dentro de los sectores excluidos en el punto 1 del artículo
2 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía para la prestación útil de los servicios públicos”.
Dicho informe se elevó a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, por ser considerada como competente en la materia objeto del proyecto, indicándose en dicho informe
la identificación de quienes deberían componer el Comité de Seguimiento de Inversiones. La
persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes formuló propuesta al
Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura con fecha 18 de marzo de 2025.
III
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo la 35 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se expone
a continuación sucinta referencia de los fundamentos que sustenta el presente decreto.
I. Se considera que el proyecto de inversión puede ser calificado como PREMIA, en la medida
en que no se encuentra en ninguno de los supuestos excluidos apartado 1 del artículo 2 de
la Ley 5/2022, de 25 de noviembre.
II. Se considera que el proyecto cumple lo contemplado en el apartado 3 del artículo 2 de la
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, en el cual se establece que se deberá cumplir alguno de
los siguientes requisitos: