Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2025040033)
Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se aprueba la primera convocatoria para la campaña 2025.
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NÚMERO 67
Lunes 7 de abril de 2025

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Entre los cambios introducidos se encuentra la modificación de los criterios de admisibilidad
variando la superficie máxima subvencionable, se recogen de forma expresa las modificaciones menores y se establece el mecanismo para el pago de la compensación por pérdida de
renta. Además, se clarifican cuestiones relativas a los avales, ampliando el plazo de presentación, así como la regulación de la documentación a presentar en las solicitudes colectivas
para el caso de que participe personal de apoyo.
Este Decreto se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, que en su artículo 30 hace referencia al desarrollo
rural, así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, prestando especial atención a lo dispuesto en el
artículo 3 de principios generales, artículo 27 de lenguaje e imagen no sexista, artículo 28
de estadísticas e investigaciones con perspectiva de género, 31 de ayudas y subvenciones
y 71 de desarrollo rural. Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto
de Autonomía de Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida
pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
Por otra parte, se ha tenido en cuenta las disposiciones de la Ley 35/2011, de 4 de octubre,
sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, cuyo objetivo es promover una
acción positiva que logre dar visibilidad a las mujeres y que estas puedan ejercer y disfrutar
de todos los derechos derivados de su trabajo en las explotaciones agrícolas en términos de
igualdad.
Un fomento de la titularidad compartida en las explotaciones agrarias que también es una de
las acciones recogidas en el eje 3.8, de trabajadoras del mundo rural, del V Plan Estratégico
para la igualdad entre mujeres y hombres de Extremadura, entre cuyos indicadores se señalan la “evolución del número de explotaciones agrarias bajo el régimen de titularidad compartida y del número de empresas que son titulares mujeres”.
Se da cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la norma es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y
proporcionalidad. Asimismo, la iniciativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico
tanto nacional como de la Unión Europea, sus objetivos se encuentran claramente definidos y
no impone nuevas cargas administrativas, cumpliendo así los principios de seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia, estando la iniciativa normativa justificada por la necesidad de establecer unas nuevas bases reguladoras.
Por lo expuesto, en virtud de lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la