Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061184)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cambio de uso de terreno forestal a agrícola para plantación de olivar de secano sobre 24,1504 ha en la finca "Los Cubones" ubicado en el término municipal de Olivenza promovido por Javier García Nogales. Expte.: IA23/1882.
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NÚMERO 63
Martes 1 de abril de 2025
16974
— Conforme a lo indicado en el informe emitido por el Ayuntamiento de Olivenza, en las
construcciones e instalaciones existentes que fuesen focos productores de vertidos de
cualquier tipo de forma incontrolada, se deberán instalar, o mejorar en su caso, los
correspondientes dispositivos de depuración, seguridad y control, a efectos de restituir
al medio natural sus condiciones originales, sin perjuicio de las sanciones que pudieran
derivarse de dicha situación, siendo potestad del Ayuntamiento y del Órgano Administrativo competente ordenar la ejecución de dichas obras con cargo a los propietarios
e inhabilitar la edificación o instalación para el uso que lo produzca en tanto no se
subsane.
— Al objeto de proteger el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado por el proyecto, se cumplirán todas las medidas recogidas en el informe
de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, recogidas en el
presente informe.
4.2. Medidas en la fase de ejecución.
— Se realizarán medidas correctoras contra la erosión en las zonas de mayor pendiente,
como son la realización de trabajos según curvas de nivel, aplicación de técnicas de
mínimo laboreo y mantenimiento de cobertura entre líneas de plantación.
— El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona de
obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación. No se podrá realizar ningún
movimiento de tierra que modifique la orografía natural del terreno.
— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos
cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de agua.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones
e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas e
infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como
evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar,
bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, etc.,
debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente. La totalidad de
las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
Martes 1 de abril de 2025
16974
— Conforme a lo indicado en el informe emitido por el Ayuntamiento de Olivenza, en las
construcciones e instalaciones existentes que fuesen focos productores de vertidos de
cualquier tipo de forma incontrolada, se deberán instalar, o mejorar en su caso, los
correspondientes dispositivos de depuración, seguridad y control, a efectos de restituir
al medio natural sus condiciones originales, sin perjuicio de las sanciones que pudieran
derivarse de dicha situación, siendo potestad del Ayuntamiento y del Órgano Administrativo competente ordenar la ejecución de dichas obras con cargo a los propietarios
e inhabilitar la edificación o instalación para el uso que lo produzca en tanto no se
subsane.
— Al objeto de proteger el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado por el proyecto, se cumplirán todas las medidas recogidas en el informe
de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, recogidas en el
presente informe.
4.2. Medidas en la fase de ejecución.
— Se realizarán medidas correctoras contra la erosión en las zonas de mayor pendiente,
como son la realización de trabajos según curvas de nivel, aplicación de técnicas de
mínimo laboreo y mantenimiento de cobertura entre líneas de plantación.
— El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona de
obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación. No se podrá realizar ningún
movimiento de tierra que modifique la orografía natural del terreno.
— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos
cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de agua.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones
e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas e
infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como
evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar,
bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, etc.,
debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente. La totalidad de
las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.