Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061115)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de aguas subterráneas, de 11,80 ha de olivar, en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA21/1805.
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NÚMERO 63
Martes 1 de abril de 2025

16892

planeamiento o haber cumplido con cualquier condicionante que se hubiera podido
dictaminar referido a la protección y conservación del patrimonio cultural y arqueológico, como sería preceptivo en la fase de ejecución.


b. L
 a Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (BOE Núm. 223
de 17 de septiembre de 2015, Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre declaración de la masa de agua subterránea Tierra de Barros en riesgo de
no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico) en su reunión de 17 de agosto
de 2015, adoptó, entre otros, el acuerdo de declarar la masa de agua subterránea
Tierra de Barros en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico, el
cual quedó definido con el texto que se inserta:

“La masa de agua subterránea (en adelante MASb) Tierra de Barros se extiende
sobre una superficie de 1728 kilómetros cuadrados, a través de la provincia de Badajoz y hasta la frontera con Portugal. Su definición geográfica e hidrogeológica se
ha establecido en los estudios y documentos del vigente Plan Hidrológico de la parte
española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana aprobado por Real Decreto
354/2013, de 17 de mayo (BOE 121 de 21 de mayo de 2013).


El vigente Plan Hidrológico de cuenca en la demarcación hidrográfica del Guadiana,
establece que los recursos máximos disponibles para distintos usos en una situación
de buen estado cuantitativo de la MASb Tierra de Barros son 25,6 hectómetros cúbicos/año. Los derechos al uso de las aguas subterráneas inscritos en esta zona han
ido incrementándose progresivamente […].



En función de lo anterior, el Plan Hidrológico del Guadiana establece el riesgo de no
alcanzar el buen estado cuantitativo de la masa de agua subterránea Tierra de Barros y el mal estado cuantitativo […]”.



Por ello, el Plan Hidrológico propone como medida de gestión de la MASb:



“11.° Serán objetivos del programa de actuación:



— La obtención de un balance hídrico equilibrado sobre la base de la cifra de
recursos disponibles establecida en el Plan Hidrológico de la Demarcación.



— La explotación racional de los recursos disponibles.



— El buen estado cuantitativo y cualitativo de la masa de agua.



— La recuperación de los ecosistemas directamente asociados a estas aguas”.