Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061185)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV 4144-6-Retamal entre el apoyo n.º 5365 y el apoyo n.º 5455", a realizar en los términos municipales de Campillo de Llerena y Valencia de las Torres (Badajoz), cuyo promotor es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/0460.
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NÚMERO 63
Martes 1 de abril de 2025

16881

sexo, edad, momento aproximado de la muerte (< 12 horas, 2 días, etc.), estado del
cadáver (reciente, parcialmente descompuesto, huesos y restos, depredado), descripción general del hábitat en un radio de 50 m y una fotografía del ejemplar.


• La estima de la mortalidad real de la línea calculada en función de los datos de campo se describirá y se justificará citando bibliografía. Incluirá correcciones por tasa de
detección y tasa de desaparición de cadáveres.



• El informe anual del Programa de vigilancia ambiental incluirá los resultados de ese
año y los resultados agregados de todos los años de seguimiento, llevando a cabo
el análisis y la valoración de los datos obtenidos y unas conclusiones al respecto. En
base a los resultados obtenidos, se deberán proponer y asumir nuevas medidas si
fuese preciso.

Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura
2000, a propuesta del Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático y, de
acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado
con los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad resuelve, mediante la formulación del presente informe de impacto ambiental, que no es previsible que el
proyecto denominado “Renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV 4144-6-Retamal
entre el apoyo n.º 5365 y el apoyo n.º 5455”, a realizar en los términos municipales de Campillo de Llerena y Valencia de las Torres (Badajoz), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU, vaya a producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente,
y por tanto, la innecesaridad de su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria.
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos
que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.
Su condicionado podrá ser objeto de revisión y actualización por parte del órgano ambiental
cuando:
— Se produzca la entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el
cumplimiento de las condiciones fijadas en el mismo.
— Durante el seguimiento del cumplimiento de este, se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son insuficientes, innecesarias o ineficaces.