Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025040034)
Decreto 15/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 62
Lunes 31 de marzo de 2025
16427
empíricamente válido, formulado de modo que sea transferible y, por tanto, de potencial utilidad para la correspondiente comunidad.
Existen diferentes razones por las que resulta oportuno —particularmente en el mundo de la
educación— identificar, reunir y difundir las buenas prácticas. Entre ellas cabe destacar las
siguientes: permiten aprender de los otros; facilitan y promueven soluciones innovadoras,
exitosas y sostenibles a problemas compartidos; permiten soluciones empíricas efectivas, la
investigación y el desarrollo de nuevas iniciativas educativas.
Pero para que ese cambio redunde de manera efectiva en la calidad de la enseñanza, es necesario que estos premios se vayan adaptando a los avances y novedades de la sociedad, a los
retos del siglo XXI y a los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible fijados
por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Además, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, obliga a una reestructuración en las modalidades
de los premios para ajustarlas a los nuevos enfoques, principios, fines y competencias clave
desarrollados en esta ley.
Estas bases reguladoras se han redactado conforme a los principios de buena regulación para
el ejercicio de la potestad reglamentaria contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa justificada por la necesidad de identificar, reunir y difundir las buenas prácticas que mejoren los
procesos escolares y los resultados educativos de los alumnos y de las alumnas.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad de establecer unas bases reguladoras para la concesión de
subvenciones que permitan reconocer, destacar y dar visibilidad a la trayectoria educativa de
aquellos centros sostenidos con fondos públicos no universitarios que se han distinguido por
sus buenas prácticas y búsqueda de la mejora de la calidad educativa.
En virtud del principio de seguridad jurídica, este decreto es coherente con el conjunto del
ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación.
Igualmente, se ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto, se ha
promovido la participación de los centros educativos sostenidos con fondos públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura permitiendo la presentación individual
o conjunta de planes, actuaciones y prácticas dirigidos a la mejora y desarrollo de la calidad
y equidad de la educación.
Lunes 31 de marzo de 2025
16427
empíricamente válido, formulado de modo que sea transferible y, por tanto, de potencial utilidad para la correspondiente comunidad.
Existen diferentes razones por las que resulta oportuno —particularmente en el mundo de la
educación— identificar, reunir y difundir las buenas prácticas. Entre ellas cabe destacar las
siguientes: permiten aprender de los otros; facilitan y promueven soluciones innovadoras,
exitosas y sostenibles a problemas compartidos; permiten soluciones empíricas efectivas, la
investigación y el desarrollo de nuevas iniciativas educativas.
Pero para que ese cambio redunde de manera efectiva en la calidad de la enseñanza, es necesario que estos premios se vayan adaptando a los avances y novedades de la sociedad, a los
retos del siglo XXI y a los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible fijados
por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Además, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, obliga a una reestructuración en las modalidades
de los premios para ajustarlas a los nuevos enfoques, principios, fines y competencias clave
desarrollados en esta ley.
Estas bases reguladoras se han redactado conforme a los principios de buena regulación para
el ejercicio de la potestad reglamentaria contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa justificada por la necesidad de identificar, reunir y difundir las buenas prácticas que mejoren los
procesos escolares y los resultados educativos de los alumnos y de las alumnas.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad de establecer unas bases reguladoras para la concesión de
subvenciones que permitan reconocer, destacar y dar visibilidad a la trayectoria educativa de
aquellos centros sostenidos con fondos públicos no universitarios que se han distinguido por
sus buenas prácticas y búsqueda de la mejora de la calidad educativa.
En virtud del principio de seguridad jurídica, este decreto es coherente con el conjunto del
ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación.
Igualmente, se ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto, se ha
promovido la participación de los centros educativos sostenidos con fondos públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura permitiendo la presentación individual
o conjunta de planes, actuaciones y prácticas dirigidos a la mejora y desarrollo de la calidad
y equidad de la educación.