Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061108)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 28,61 ha de olivar y viñedo, en el polígono 188, parcelas 64 y 69, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1876.
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NÚMERO 61
Viernes 28 de marzo de 2025

16291

7. L
 a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, emite
informe con fecha 14 de julio de 2023, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía.
7.1. Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Parte de la superficie de riego se
ubicaría en zona de policía de un arroyo tributario del río Rivillas, el cual constituye el
DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el R.D.
849/1986, de 11 de abril, los terrenos (márgenes) que lindan con los cauces, están
sujetos en toda su extensión longitudinal a:


— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.



— Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del Organismo de cuenca, que, en este caso, se tramitará conjuntamente
con la oportuna concesión de aguas públicas.

7.2. Consumo de agua: Según la documentación aportada, el proyecto requiere un
volumen de agua que asciende a la cantidad de 30.919,49 m3/año. Se indica que dicho
volumen de agua provendrá de pozo ubicado en la parcela 64 del polígono 188 del término municipal de Badajoz.
Con fecha 09/02/2022 la Confederación Hidrográfica resolvió otorgar al promotor y a
D.ª María Mercedes Prieto Rodríguez, una concesión de aguas subterráneas, expediente
2175/2016 (Ref. Local: CAS 137/16), para riego de 28,6 ha de cultivos leñosos (olivar
y viñedo) en las parcelas 64 y 69 del polígono 188 del término municipal de Badajoz
a partir de una captación de aguas subterráneas ubicada en la parcela 64 del polígono 188 de ese término. El volumen otorgado es de 30.919,42 m3/año. El inicio de la
explotación total o parcial del aprovechamiento se condiciona a la aprobación del acta
de reconocimiento final de las obras correspondientes. Asimismo, según la condición
especifica 2.5 de la citada resolución, la CHG se reserva el derecho a revisar, en su caso,