Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060909)
Resolución de 15 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, cuyo titular es José María Pérez Flores, en el término municipal de Villanueva del Fresno.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 57
15204
Lunes 24 de marzo de 2025
• No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima
necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores
al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo
amenace lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo para ello enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo
inferior a 24 horas.
• Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de
agua, no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de
ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de
población será de 1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos
1. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación serán:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER*
CANTIDAD
(Tm/año)
Residuos cuya recogida y eliminación
son objeto de requisitos especiales
para prevenir infecciones
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 02
0,36
Productos químicos que consisten en,
o contienen, sustancias peligrosas
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 05
0,36
(1)
L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
CANTIDAD
(Tm/año)
Papel y cartón
Residuos asimilables a los
municipales
20 01 01
1,4
Plástico
Residuos asimilables a los
municipales
20 01 39
1,4
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a los
municipales
20 03 01
-
Medicamentos distintos a los
especificados en el 18 02 07
Tratamiento o prevención de enfermedades de animales
18 02 08
0,36
Lodos de fosa séptica
Aguas negras de aseos y servicios
20 03 04
7,2 m3
15204
Lunes 24 de marzo de 2025
• No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima
necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores
al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo
amenace lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo para ello enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo
inferior a 24 horas.
• Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de
agua, no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de
ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de
población será de 1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos
1. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación serán:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER*
CANTIDAD
(Tm/año)
Residuos cuya recogida y eliminación
son objeto de requisitos especiales
para prevenir infecciones
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 02
0,36
Productos químicos que consisten en,
o contienen, sustancias peligrosas
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 05
0,36
(1)
L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
CANTIDAD
(Tm/año)
Papel y cartón
Residuos asimilables a los
municipales
20 01 01
1,4
Plástico
Residuos asimilables a los
municipales
20 01 39
1,4
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a los
municipales
20 03 01
-
Medicamentos distintos a los
especificados en el 18 02 07
Tratamiento o prevención de enfermedades de animales
18 02 08
0,36
Lodos de fosa séptica
Aguas negras de aseos y servicios
20 03 04
7,2 m3